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Venta de cartera a burós de crédito

Aún si bancos, empresas y Sofomes se deshacen de créditos incobrables deben informar a los buró después de 6 años se borrará el mal historial crediticio de quienes no tengan juicios en su con
lun 14 enero 2008 06:00 AM
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Después de 6 años, si no te demandaron, tu historial crediti

¿Vendieron tu crédito a una recuperadora de cartera? No te preocupes, una vez que entre en vigor el nuevo marco legal para los comúnmente conocidos como burós de crédito, las instituciones financieras, empresas comerciales y las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofome) tendrán la obligación de seguir actualizando tu historial crediticio aun cuando tu préstamo ya no les pertenezca.

“Cuando la cartera de crédito se haya vendido o cedido a otro usuario, el comprador o cesionario tendrá la obligación de actualizar ante la Sociedad (buró) los registros relativos al crédito vendido o cedido”, de acuerdo con lo previsto por el Congreso en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia en diciembre pasado.

En caso de que el usuario de estas sociedades, cuyo nombre común es el de buró de crédito, venda o ceda el crédito a una empresa que no pueda actualizar el historial crediticio de las personas o empresas, deberá pactar con el comprador o cesionario para asegurar que se actualice la información en tiempo y forma.

En México existen dos sociedades de información crediticia, el Buró de Crédito, propiedad de varios bancos, y Círculo y Crédito, administrado por Grupo Salinas.

El marco legal aprobado por el Congreso en diciembre pasado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Según los cambios aprobados, los burós de crédito deberán conservar el historial crediticio de personas y empresas al menos durante 72 meses.

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Además deberán eliminar la información de cada periodo de incumplimiento en el mismo plazo, contando a partir de la fecha en que se incorpore en el historial crediticio el primer incumplimiento de cada periodo.

Según el nuevo marco legal, en caso de información que refleje el incumplimiento ininterrumpido de cualquier obligación exigible, así como las claves de prevención que les correspondan, las sociedades deberán eliminarlas del historial crediticio del cliente correspondiente después de 6 años de haberse incorporado el incumplimiento por primera vez en dicho historial.

Adicionalmente, deberá borrarse del historial crediticio la información relativa a préstamos menores al equivalente a 1,000 Unidades de Inversión (UDIs), esto es aproximadamente 3,939 pesos.

La eliminación del historial crediticio en 6 años no aplicará cuando la persona o empresa tenga uno o más créditos que equivalgan a 400,000 UDIs, esto es poco más de 1.5 millones de pesos, y cuando exista una sentencia firme contra el deudor por delito patrimonial intencional.

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