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El CAT, a la vista de todos

Desde el 26 de agosto empresas que vendan a crédito están obligadas informarlo en su publicidad el Costo Anual Total incorpora costos y gastos del crédito y permite una elección más transpare
mié 27 agosto 2008 06:00 AM
El mercado mexicano es uno de los mayor potencial para las c

Desde este 26 de agosto las empresas que otorguen créditos, préstamos y financiamientos, están obligadas a informar en toda su publicidad el Costo Anual Total (CAT) de su créditos y financiamientos.

Esto incluye a prácticamente todas las tiendas departamentales, autoservicios, agencias de automóviles y cualquier clase de establecimiento que ofrezca esas alternativas de compra.

Adiconalmente, a partir del 25 de noviembre deberán especificar en sus contratos un resumen de la operación contratada, la tasa de interés annual, el monto total del crédito, las comisiones que cobran y los riesgos para el consumidor al contratarlo, según lo estabecido por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)

Ello, para que el consumidor conozca las características de cada operación que piense contratar, ya que todas las entidades comerciales deberán informar sobre el CAT en sus contratos de adhesión, publicidad y estados de cuenta.

El 27 de mayo pasado, la Profeco emitió nuevas medidas de regulación, mismas que obligan a los negocios a:

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  • Indicar el CAT vigente con caracteres distintos y visibles

  • Incluir el CAT, siempre que mencionen términos como: tasas de interés, comisiones, premios, bonificaciones en efectivo, descuentos, montos de los pagos periódicos, factores de pago o conceptos equivalentes

  • Publicitar la fecha del cálculo del CAT o bien, el período y los términos de vigencia del mensaje publicitario.

  • Mencionar el CAT de manera clara en publicidad auditiva. Su referencia debe hacerse por lo menos, al mismo volumen y velocidad que los utilizados al mencionar conceptos como tasas de interés, comisiones, premios, bonificaciones en efectivo, descuentos, montos de los pagos periódicos, factores de pago o conceptos equivalentes, y

  • Mantener el CAT a la vista, en medios audiovisuales, por lo menos 5 segundos o bien, mencionarse a la misma velocidad y con el mismo volumen que el resto del anuncio.

Estas medidas pretenden obligar a las entidades comerciales a emitir publicidad clara y evitar engaños al consumidor.

Monitoreo y multas

A partir de ayer, la Profeco realiza una monitoreo de los anuncios en los medios de comunicación para garantizar que las empresas incluyan en su publicidad el CAT de su créditos y financiamientos.

De acuerdo con María de los Ángeles Jasso Cisneros, directora general de Contratos de Adhesión Registros y Autofinanciamiento de la Profeco, la supervisión a través de la radio, televisión, prensa e Internet servirá para detectar si los anuncios cumplen con el requerimiento.

En caso de no hacerlo, señaló, se exhortará a las empresas a que retiren la publicidad, y en caso de no hacerlo se procederá a una multa que puede ir desde los 210,000 hasta 1,050,000 pesos.

Jasso Cisneros dijo que la inclusión del CAT permitirá a las personas tomar una mejor decisión sobre la compra que piense realizar a través de un crédito o financiamiento.

De cualquier modo, la Profeco recomienda:

1. Antes de contratar un crédito, préstamo o financiamiento; lee detenidamente el contrato y Analiza si te conviene

2. Utiliza el CAT para comparar el costo del crédito que te ofrece la empresa

3. Si sufres algún abuso o detectas alguna irregularidad en la publicidad de las entidades comerciales, llama al 55688722 en la Ciudad de México y Área Metropolitana y al 01800 4688722 en el resto del país.

También puedes mandar un correo electrónico a asesoria@profeco,gob.mx .

(Con información de Jacobo Vélez)



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