Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

La Corte determina nuevos límites al fuero militar

La corte resolvió miembros de las Fuerzas Armadas relacionados con delitos ajenos a la disciplina castrense tendrán un juicio civil
mar 14 agosto 2012 03:45 PM

Con la resolución de los dos casos relacionados con conflictos competenciales entre juzgados civiles y militares, este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marcó nuevos límites al fuero militar.

Los ministros del máximo tribunal determinaron que cualquier delito que un elemento de las Fuerzas Armadas cometa en contra de civiles debe ser tratado en una corte civil.

Lo mismo sucede con los delitos cometidos por militares y marinos que, aún sin tener a civiles involucrados como cómplices o víctimas, no se relacionen con la disciplina castrense.

Si bien las resoluciones del pleno del máximo tribunal en casos de conflictos competenciales no sientan jurisprudencia – que obliga a los jueces a resolver en ese mismo sentido – quedan establecidos como criterios que tienen que ser tomados en cuenta por los jueces mexicanos.

Este martes, con ocho votos contra dos, la SCJN determinó que un juez civil federal sea el encargado de darle seguimiento al caso de tres militares que denunciaron a un ciudadano por presuntamente ser dueño de un automóvil que contenía un costal de marihuana.

Este es el segundo caso que analizan los ministros de la corte relacionado con un conflicto competencial, ahora entre un juzgado militar y uno civil del estado de Michoacán.

Publicidad

Durante la averiguación previa, el agente del ministerio público militar determinó que el automóvil había sido sustraído del domicilio de una civil quien, además, grabó en video el momento en que los militares habían introducido el estupefaciente al vehículo.

Clemente Hernández Jiménez, teniente de infantería; Antonio Martínez Morales, sargento segundo infantería y Aníbal González Rangel, cabo de infantería fueron acusados de haber cometido el delito de falsedad.

El juez militar encargado de resolver el caso, consideró que el asunto debería resolverse en un juzgado civil, ya que según él, se tendría que aplicar uno de los criterios utilizados en el caso Rosendo Radilla , “por encuadrar en la hipótesis de que la comisión de delito de falsedad en declaraciones judiciales e informes dados a una autoridad en su modalidad de simulación de pruebas  (…) se afectaron los derechos humanos de los civiles”.

Si bien los ministros no coincidieron con dicho criterio, determinaron que los delitos cometidos por elementos de las Fuerzas Armadas que no estén relacionados con la disciplina militar, deberán de ser resueltos por jueces civiles.

El pasado jueves, la SCJN determinó que cualquier delito que cometa un militar contra un civil debe ser resuelto en un juzgado civil, tomando como base el caso del coronel José Guadalupe Arias Agredano , que fue acusado de encubrir la tortura y el asesinato del civil Jethro Ramsés Sánchez en el estado de Morelos.

En el caso específico de Arias Agredano, aún cuando el delito fue cometido mientras estaba en “franco”, es decir, en su tiempo libre, los ministros determinaron que por ser miembro del Ejército mexicano se le debe de juzgar en una corte civil.

Estos dos casos, fueron los primeros de 30 que la SCJN analiza con el fin de delimitar los alcances del fuero militar .

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad