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Los magistrados rechazan la impugnación de la izquierda a la elección

Por unanimidad, los magistrados aprobaron el proyecto que declara infundados los agravios para invalidar la elección presidencial
jue 30 agosto 2012 10:26 PM
Tribunal Electoral
Tribunal Electoral TEPJF (Foto: Especial)

Con votación unánime, el Tribunal Electoral declaró "infundada la pretensión de invalidación de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, planteada por el Movimiento Progresista", después de cinco horas y media de discusión.

El proyecto que analizó las denuncias de esa coalición de izquierda, concluyó que no se demostraron violaciones a ningún principio constitucional durante la jornada electoral y que no hubo pruebas que fundaran los nueve agravios que muestran que no hubo una elección libre ni auténtica.

"Los agravios expuestos por la coalición son infundados por encontrarse en los grupos que voy a enumerar: grupo A, cuestiones que ya han sido resueltas por esta Sala Superior. grupo B, cuestiones no probadas y grupo c, cuestiones que parten de una premisa incorrecta", dijo el magistrado presidente Alejandro Luna Ramos.

"Se considera jurídicamente improcedente acoger los argumentos y razones promovidos por la coalición", agregó.

El magistrado Salvador Nava Gomar, que junto con Constancio Carrasco y Flavio Galván realizaron el proyecto, dijo que "se presentaron miles de pruebas y pruebas con posterioridad, que estudiamos a plenitud (...) Verificamos sí se habían comprado cinco millones de votos, vimos que no se acreditaban esas pruebas".

Según Nava Gomar, la comisión estudió todas las pruebas presentadas por la izquierda y cada uno de los agravios, aún cuando algunos de estos eran inoperantes por "vagos, generales o imprecisos".

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Como redactor del proyecto que se votó este jueves, el magistrado dijo que "México tuvo una elección que no debe invalidarse, se confirman los principios constitucionales, tuvimos elecciones libres. México tiene autoridades electorales robustas y confiables. Si ustedes tienen a bien aprobar este proyecto, México tiene un presidente, el licenciado Enrique Peña Nieto", concluyó.

En el proyecto se declararon infundados los agravios demandados por el Movimiento Progresista: adquisición encubierta en tiempo en radio y televisión y medios impresos, excesivo gasto de campaña, financiamiento encubierto, uso de encuestas como medio de propaganda, actos de coacción y presión a los electores, intervención del gobierno federal y local e irregularidades ocurridas durante los cómputos.

Sobre el financiamiento encubierto, los magistrados determinaron que en el caso de las tarjetas de prepago Monex, "no se observa que las tarjetas se hayan dado a ciudadanos en general", pero sobre todo, "no se demuestra el activismo ilegal con recursos supuestamente financiados" por la coalición Compromiso por México, PRI-PVEM.

"La actora (la coalición de izquierda) no demuestra que le asista la razón porque en principio sólo prueba que el PRI entregó tarjetas de prepago a algunos de sus representantes en diversas entidades federativas. No prueba que dicho partido político haya entregado las tarjetas a ciudadanos en general a cambio de su voto o para comprar su voto. (...) Es evidente que no existen elementos de prueba eficaces de que estas tarjetas Monex se entregaron a la ciudadania en general para la compra del voto", dijo el Magistrado Pedro Penagos López, al emitir su apoyo al proyecto.

En el caso de las tarjetas Soriana, que según el Movimiento Progresista, implicó coacción y presión a los electores, aportaciones indebidas de recursos e  intervención de gobiernos locales, los magistrados concluyeron que "no se acreditan las mencionadas irregularidades con las pruebas entregadas".

"Sólo se encuentra evidenciado que las tarjetas tienen como base un acuerdo que beneficia a militantes del PRI pero no a la ciudadanía en general".

Al respecto, el magistrado Flavio Galván, dijo que las actas notariadas que se presentaron para probar la entrega de las tarjetas no tienen valor probatorio.

"(Con una de las actas presentadas como prueba) se da fe de la existencia de cuatro paquetes de tarjetas que hacen un total de 2,043. Pero, ¿con esto demostramos que se compró el voto de los ciudadanos? Ni siquiera fueron repartidas", dijo.

El magistrado hizo un recuento de las pruebas notariadas que presentó la izquierda y concluyó que éstas muestran que los señalamientos del Movimiento Progresista son "vagos, genéricos e imprecisos".

"No hay compra del voto. No hay coacción del voto demostrada. Si se demuestra que existe coacción del voto, condicionamiento del voto, por supuesto que el voto sería anulado, en este caso no hay (...) No están demostrado los hechos y por lo tanto no está demostrado la ilegalidad de la elección presidencial", agregó Galván.

El Movimiento Progresista presentó diversas notas periodísticas de medios nacionales e internacionales para mostrar lo que llamaron la compra de votos con tarjetas de prepago.

Al respecto, el magistrado Constancio Carasco Daza dijo que "no hay pruebas para concatenar los indicios que se obtienen de las notas periodísticas" y que es "imposible coincidir con el Movimiento Progresista".

Sobre otro de los agravios, la intervención de los gobiernos federal y locales, el proyecto de los tres magistrados indica que la queja de la izquierda no es suficiente para determinar que el presidente Felipe Calderón, por la emisión de un mensaje en Twitter durante el segundo debate presidencial, intervino en el proceso electoral federal, pues no realizó mención expresa a partido, candidato o a una plataforma política.

"La coalición no demuestra que los referidos funcionarios públicos federales y locales hubieran intervenido en el proceso electoral con la utilización de recursos públicos" a favor de Enrique Peña Nieto, dijo la magistrada Maria del Carmen Alanis, la cuarta que apoyó el proyecto que declara infundados los agravios.

Asimismo, si bien se confirma la denuncia de López Obrador de que hubo una reunión en Toluca, Estado de México, entre gobernadores priistas, "no hay indicios que indiquen el proposito de esa reunión", que según el perredista, se realizó para emprender un plan de apoyo a Peña Nieto que incluyó el uso de recursos públicos para su campaña presidencial.

En el caso de los gobiernos de Durango, Zacatecas y Chihuahua, que se acusó desvío de recursos estatales a favor de Peña Nieto, los magistrados que elaboraron el proyecto concluyeron que "la acusación no está demostrada".

Sobre esos casos, Alanis dijo que "no está probado que se haya usado (recursos públicos) para comprar votos", al explicar su apoyo al proyecto.

La apoyó el magistrado Manuel González Oropeza, quien dijo que las irregularidades denunciadas por la coalición de izquierda no pudieron ser acreditadas, pero agregó que esos partidos "pareciera concebir al ciudadano como un autómata que emite su voto a cambio de una dádiva".

En cuanto al desequilibrio informativo, los magistrados de la comisión especial determinaron que con las pruebas aportadas no se comprueban los hechos y que la "cobertura tendenciosa" que se acusa, se "trata de líneas editoriales y noticiosas que no son reprochables".

"La invalidez de una elección no puede basarse en simples apreciaciones sin argumentación", dijo el magistrado Penagos López.

Sobre el uso de las encuestas, el proyecto concluye que esos estudios "no son adecuados ni suficientes para aducir al comportamiento final del electorado".

Además, determina que tampoco se presentaron suficientes pruebas para comprobar que los medios de comunicación que difundieron esas encuestas lo hicieron con la finalidad de manipular al electorado a favor del candidato priista, Enrique Peña Nieto.

La sesión en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) comenzó después de que todos los magistrados estudiaron el proyecto y declararon el miércoles que estaba listo para recibir sentencia.

El 12 de julio pasado, la coalición Movimiento Progresista que tuvo a Andrés Manuel López Obrador como candidato presidencial, presentó el juicio de inconformidad argumentando que se violó el artículo 41 Constitucional, que exige que los comicios en México sean libres y auténticos.

Tras la sentencia de este jueves, el Tribunal tendrá pendiente otra sesión para validar los comicios y publicar el cómputo final de la elección presidencial. Según los resultados entregados en julio por el Instituto Federal Electoral (IFE), la diferencia entre López Obrador y el priista Enrique Peña Nieto es de poco más de seis puntos porcentuales, con el 38.21% de los votos, equivalentes a 19 millones 226,784 sufragios para el priista y el 31.59% para el perredista.

También quedará pendiente la emisión de la constancia de presidente electo, que deberá realizarse antes del 6 de septiembre.

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