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La libertad de expresión no protege el discurso homofóbico, dice la Corte

Las expresiones que estigmatizan a la homosexualidad son consideradas como discriminatorias ante la ley, determinaron los ministros
mié 06 marzo 2013 05:53 PM

Las expresiones homofóbicas son manifestaciones discriminatorias y no están protegidas en el principio de la libertad de expresión, determinó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

El proyecto del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fue aprobado por los integrantes de la Primera Sala del máximo órgano de justicia en México, en donde se analizó la jurisprudencia que hay en el país en relación con las manifestaciones discriminatorias, en particular las expresiones homofóbicas.

Al estudiar algunos casos, se interpretó que las expresiones “maricones” o “puñal” son ofensas discriminatorias que no pueden ser resguardadas por la libertad de expresión que consagra la Constitución en su artículo sexto.

Tras resolver un amparo, los ministros analizaron la influencia del lenguaje en la percepción que las personas tienen de la realidad, el cual puede provocar prejuicios sociales mediante expresiones que califican a ciertos individuos o grupos, causando exclusión social.

Los ministros estudiaron el papel de los discursos dominantes y los estereotipos, por lo que la Primera Sala concluyó que el lenguaje que se utiliza para ofender o descalificar a ciertos grupos adquiere la calificativa de discriminatorio.

Las expresiones homofóbicas son una categoría de discursos del odio, los cuales se identifican por provocar o fomentar el rechazo hacia un grupo social, con palabras de menosprecio e insulto que generan sentimientos sociales de hostilidad, indicaron los ministros.

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Tras conocerse la determinación de la SCJN, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) consideró que la decisión constituye “un avance sustantivo en el combate a la homofobia en México”.

“El hasta hoy complejo debate entre la libertad de expresión y las manifestaciones discriminatorias, toma un nuevo rumbo basado en la legalidad y responsabilidades que deberán adoptar autoridades federales, estatales y municipales, medios de comunicación, líderes de culto, de opinión, ámbito académico y deportivo, lo cual permitirá que esta nueva visión permee en la sociedad”, aseguró la organización en el documento. 

En marzo, el mismo tribunal emitió un  fallo en contra de las leyes de Oaxaca , estado del sur de México, al considerar que la redacción del artículo 143 que define al matrimonio entre un hombre y una mujer es contrario a la libertad de las personas, aunque su resolución no garantizó el matrimonio entre personas del mismo sexo.

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