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8 temas que quedarían en duda si los estados incumplen el ajuste electoral

Si las normas locales no se armonizan a tiempo, podrán contradecir a la ley federal en rubros como fecha, paridad de género o fiscalización
jue 12 junio 2014 06:30 AM

Aspectos como cuánto durarán las campañas o cómo se fiscalizarán los gastos de partidos y candidatos locales quedarán en duda, si alguna de las 17 entidades con comicios en 2015 incumple con la obligación de armonizar sus leyes electorales con la nueva legislación federal a más tardar el 30 de junio.

El plazo límite vence en esa fecha porque la Constitución mexicana prohíbe que se hagan reformas en materia electoral 90 días antes del inicio formal de un proceso electoral, lo que en este caso ocurrirá la primera semana de octubre próximo.

Los ajustes legales ya comenzaron a discutirse. Sin embargo, según legisladores federales, hasta ahora ninguna entidad ha concretado los cambios, lo que ha llevado a las cámaras y al propio gobierno federal a llamarlas a que aceleren el proceso de armonización .

El tema también es seguido por el Instituto Nacional Electoral (INE), principal árbitro del país en la materia, donde los consejeros confían en que los congresos locales cumplirán con la tarea y dicen que, si alguno no lo hiciera, ellos están preparados para aplicar la ley y que así los comicios puedan llevarse a cabo.

"Confío en que los estados hagan sus adecuaciones, porque es lo que les conviene a los estados mismos. No es algo que sólo le convenga o no al INE, sino es que los propios estados se den la norma más clara para que sus ciudadanos tengan la certeza de cómo van a elegir a sus gobernantes el año que entra", dijo en entrevista este miércoles el consejero Arturo Sánchez.

En caso de que alguna incumpliera, agregó, existe la posibilidad de que el Tribunal Electoral federal dirima las diferencias o de que éstas se resuelvan en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de una controversia constitucional, y el propio INE está preparado para ejercer sus atribuciones como árbitro nacional y dar certeza a las contiendas.

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"El trabajo del INE ahorita es, de acuerdo con la Constitución y la Ley General (de Instituciones y Procedimientos Electorales), aplicar las atribuciones que tenemos. Sería igual de cuestionable que la autoridad electoral no hiciera nada porque los legisladores (locales) no armonizaron las leyes. Tenemos un mandato que tenemos que cumplir", dijo.

A 18 días de que venza el plazo legal, te presentamos ocho aspectos que generarían dudas si alguna entidad no ajusta sus leyes a tiempo.

1. Fecha de los comicios

De no concretarse el ajuste legal en las entidades, el primer punto en el que entrarían en contradicción con la legislación federal es la fecha de los comicios de 2015.

Las nuevas normas federales, promulgadas entre febrero y mayo pasados , establecen que las votaciones locales se realizarán el primer domingo de junio, el mismo día que las elecciones para renovar la Cámara de Diputados. Sin embargo, las leyes vigentes en las entidades contemplan que sus comicios sean el primer domingo de julio.

2. Duración de las campañas

La nueva legislación electoral federal estableció un parámetro para la duración de las campañas en las entidades: de 60 a 90 días para la elección de gobernador y de 30 a 60 días cuando sólo se elijan diputados locales y alcaldes. Actualmente, esos periodos varían de una entidad a otra.

En Coahuila, por ejemplo, las campañas en municipios con menos de 20,000 electores duran 10 días. Si tienen más de 20,000 y menos de 120,000, duran 20. Y si tienen más de 120,000, duran 30 días.

3. Paridad de género

A nivel federal, el Congreso de la Unión determinó que los partidos deberán respetar la paridad de género en la postulación de sus candidatos al Poder Legislativo. Esto quiere decir que al menos la mitad de ellos deberán ser mujeres.

Hasta antes de esa modificación, la norma a nivel federal establecía que la relación fuera de 60% de candidaturas para hombres y 40% para mujeres, mientras que dentro del ámbito local las entidades siguen distintos criterios.

En Baja California Sur y en Campeche ya está en vigor el reparto 50-50. En cambio, en estados como Morelos la ley ordena que al menos un tercio de las postulaciones sea para mujeres.

4. Candidaturas independientes

Esta figura se incluyó en la Constitución federal en 2012, pero fue hasta este año que quedó reglamentada . Para quien aspire a la presidencia, por ejemplo, se estableció que, para poder registrarse, deberá contar con el respaldo expresado en firmas de al menos el 2% del electorado del país (alrededor de 780,000 personas).

A nivel local, ese tipo de requisitos aún debe definirse en la mayoría de las entidades. En Zacatecas, por ejemplo, se fijaron las siguientes exigencias: para ser contendiente a gobernador, el apoyo de al menos el 5% de los electores del estado; para competir por una diputación, el del 15% de los votantes del distrito correspondiente, y para buscar una alcaldía, de entre el 5% y el 15%.

5. Casillas

La nueva legislación federal establece que cuando se realicen elecciones concurrentes, es decir, federales y locales el mismo día, sólo habrá una mesa directiva de casilla y no dos, como ocurría hasta ahora. Según los diputados y los senadores que promovieron el cambio, esto ayudará a ahorrar recursos y facilitará la toma de decisiones, aunque esta posibilidad aún no está contemplada en las leyes de las entidades.

6. Registro de partidos

Con la nueva legislación federal se elevó del 2% al 3% el mínimo de votos que un partido político nacional debe obtener en una elección para conservar el registro. Actualmente, las leyes locales contemplan ese requisito mínimo del 2% para las fuerzas políticas estatales, pero deben adecuarse al nuevo criterio.

De lo contrario, cualquier otro partido que se sintiera agraviado por esta discrepancia podría impugnar la medida, explicó el consejero Sánchez.

7. Fiscalización y capacitación electoral

La reforma federal otorgó al INE las facultades de fiscalizar los recursos de los partidos políticos locales –no sólo de los nacionales– y de capacitar a los funcionarios de casilla de cada entidad, tareas que correspondían a los órganos electorales estatales.

Según los artículos transitorios de la propia reforma, las actividades de capacitación permanecerán delegadas en los institutos de las entidades hasta que el INE decida asumirlas. Por el contrario, los gastos que las fuerzas políticas hagan de ahora en adelante ya tendrán que ser fiscalizados por el INE. Ambas situaciones deben ser incluidas en las leyes de cada entidad.

8. Nulidad de comicios

Con la reforma se aprobaron tres causales para anular una elección federal o local: 1) que el candidato ganador rebase el tope de gastos de campaña por 5% del total permitido o más; 2) que adquiera cobertura informativa o tiempo aire en radio o televisión, o 3) que use recursos de procedencia ilícita o dinero público. Esos tres escenarios deben ser incluidos en la legislación de cada entidad.

Miguel Ángel Vargas V. contribuyó con este reporte.

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