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Una reforma establece 'alcoholímetro' obligatorio en bares y antros del DF

El dictamen aprobado establece responsabilidad de los dueños si uno de sus clientes causa un accidente al conducir en estado de ebriedad
jue 23 abril 2015 07:18 PM
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El pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó este jueves reformas y adiciones a la Ley de Establecimientos Mercantiles para prevenir accidentes ocasionados por el consumo de alcohol, por lo que obliga a los dueños de establecimientos que vendan ese tipo de bebidas a tener aparatos "de aire expirado", un sistema conocido como alcoholímetro. 

Con 29 votos a favor, dos en contra y cuatro abstenciones, en la medida aprobada se establece como posibles sanciones por no instalar esos aparatos el cierre temporal o hasta definitivo de los negocios, como bares o antros. 

Los diputados locales dijeron que estará bajo proceso la creación de un reglamento. En el dictamen aprobado, no se establece ahora que sea obligatorio para los clientes realizarse las pruebas en los establecimientos. 

Sin embargo, una de las especificaciones del dictamen indica que si un dueño permite la salida de un cliente en estado de ebriedad, y éste tiene un accidente en su vehículo, el propietario del establecimiento adquiere responsabilidad por no practicarle la prueba.

"Se pretende vincular a la persona que ha excedido los niveles de alcohol en aire espirado, con el establecimiento, de tal manera que si el titular o dueño permite que la persona en estado de ebriedad conduzca su vehículo, sea obligado solidario por los daños que cause éste en caso de provocar algún accidente", dice el dictamen.

El diputado local Édgar Álvarez Castillo explicó que se trata de una medida para "no solo crear conciencia ciudadana, sino una prevención restrictiva y punitiva, de tal manera que no solamente una persona decida sino involucra al propietario del establecimiento mercantil".

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Al presentar el dictamen, el legislador refirió que, al aplicar el alcoholímetro en las calles, se ha avanzado en la concientización de la sociedad, pero el consumo del alcohol en establecimientos mercantiles, dijo, sigue siendo elevado, y los horarios son indistintos.

Dijo que si bien los accidentes vehiculares producidos por el consumo excesivo de alcohol han disminuido en 25%, los puntos establecidos del alcoholímetro tienen un margen de error mayor a 50% en sus ubicaciones.

Por ello, argumentó, es necesario dotar al gobierno de la ciudad con instrumentos jurídicos más efectivos para enfrentar el problema que existe, y evitar más accidentes graves provocados por los ciudadanos que no han controlado el consumo excesivo de bebidas embriagantes.

Planteó que los aparatos de detención de niveles de alcohol en aire aspirados son bastante eficaces, lo que no ha sido así es la obligatoriedad de que la prevención se realice desde el mismo establecimiento mercantil que provee la bebida al conductor.

La diputada local Adriana Montiel dio a conocer que aún falta la elaboración de un reglamento que establecerá de manera precisa las sanciones tanto para los dueños de los establecimientos, como para los clientes que incumplan con la aplicación de dichas pruebas.

A partir de la publicación del decreto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los establecimientos comerciales que permitan el consumo de alcohol tendrán de 90 a 120 días para adquirir el aparato medidor.

El procedimiento para promulgar una reforma o ley en el DF se hace de la siguiente forma: una comisión legislativa vota un dictamen, que luego es turnado al pleno para ser votado por los legisladores de la ALDF, después pasa al jefe de gobierno capitalino, quien hará las observaciones, de tenerlas regresa a la comisión para comenzar de nuevo, de no ser así, es promulgada y publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Con información de Notimex.

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