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5 preguntas básicas para entender la reforma del Mando Mixto Policial

Más coordinación entre agentes, más facultades al Sistema Nacional de Seguridad Pública, un servicio profesional homogéneo en los 3 órdenes de gobierno, y otros puntos a destacar de esta modificación.
mié 22 junio 2016 06:05 AM
Las leyes prevén un nuevo modelo de coordinación en las instituciones encargadas de proteger a los ciudadanos.
Reforma en seguridad Las modificaciones unifican parámetros de reclutamiento, salarios, políticas laborales, capacitación y carrera policial para todas las corporaciones. (Foto: rashide frias)

Después de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa en Iguala, donde policías municipales entregaron a los jóvenes a la delincuencia organizada, según la investigación oficial, el presidente Enrique Peña Nieto presentó al Congreso la iniciativa de Mando Único, que pretendía desaparecer a estas corporaciones locales, a fin de evitar la infiltración de organizaciones criminales.

El Senado de la República aprobó la reforma constitucional, pero con un modelo distinto, que busca una mayor coordinación entre las tres órdenes de gobierno en materia de seguridad y el fortalecimiento de las instituciones encargadas de salvaguardar a los mexicanos. El esquema quedó como Mando Mixto, porque todas las entidades que conforman el Estado son encargadas de la seguridad pública.

El senador del Grupo Parlamentario del PRD Alejandro Encinas, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, afirmó que lo que se aprobó el pasado viernes ―y que todavía requiere el aval de la Cámara de Diputados y los congresos locales― crea un sistema de seguridad pública que define con precesión las funciones, competencias y concurrencias de los encargados de dichas funciones a nivel federal, estatal y municipal.

Conoce más sobre esta reforma, a través de las respuestas a 5 preguntas básicas:

1. ¿Quién estará a cargo de la seguridad?

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Las tres órdenes de gobierno que conforman el Estado podrán ejercer la función de seguridad, para lo cual se creará la Ley General de Seguridad Pública que reglamente el Artículo 21 de la Constitución, y defina la concurrencia entre la Federación, las entidades federativas y los municipios; incluidos los servicios privados y auxiliares de seguridad.

También se creará un Sistema Nacional de Seguridad Pública, integrado por un Consejo Nacional de Seguridad Pública, Secretariado Ejecutivo (cuyo titular será nombrado por el presidente de la República con el aval de dos terceras partes del Senado) y Consejo Consultivo Ciudadano ―conformado por cinco ciudadanos seleccionados por la Cámara alta, quienes propondrán indicadores para la evaluación y supervisión de las corporaciones policiales, elaborarán investigaciones y estudios sobre las políticas públicas en materia de seguridad y fungirán como vía de interlocución entre la sociedad civil y el Secretariado Ejecutivo.

2. ¿Desaparecen los policías municipales?

No. La ley dispone que los municipios tendrán una “Policía de proximidad y tránsito”, cuyos elementos podrán imponer sanciones e infracciones administrativas, pero en la medida que acrediten mayores capacidades desempeñarán funciones de reacción y de prevención e investigación de delitos.

3. ¿Cuándo se podrá atraer la función de seguridad?

El titular del Ejecutivo de cualquier orden de gobierno podrá solicitar al Secretariado Ejecutivo la delegación temporal del ejercicio de la función de seguridad pública a cargo de las instituciones policiales de los municipios y las entidades federativas, cuando se presenten situaciones que prevea la ley general en la materia (aún no establecidas) y afecten la prestación de dicha función.

Es decir que los gobernadores podrán asumir temporalmente el mando de las instituciones policiacas de los municipios en casos de fuerza mayor y/o alteración grave del orden público.

La ley también prevé los casos de excepción en que las instituciones policiales de las entidades federativas actuarán bajo el mando de las federales, y en las que las municipales lo harán bajo el mando de las estatales o de las federales.

4. ¿Cuál será el papel de la Policía?

Las instituciones policiales de las entidades federativas y de los municipios incrementarán o disminuirán las funciones que les otorga la Constitución a partir de la certificación que realice el Secretariado Ejecutivo.

Una de las virtudes de la ley es que establece la homologación de parámetros de reclutamiento, de salarios mínimos base para todos los agentes, así como las políticas de rotación, capacitación y carrera policial para las corporaciones municipales y estatales, con lo que todos los elementos de seguridad tendrán las mismas prestaciones y sueldos, para evitar que sean intervenidos por el crimen organizado.

5. ¿Quién evaluará a los elementos de seguridad?

El Sistema Nacional de Seguridad Pública estará sujeto a una regulación para el reclutamiento, la selección, el ingreso, la remuneración mínima, la formación inicial, continua y de mandos, la permanencia, la rotación, la evaluación, el reconocimiento, la certificación de habilidades, los estímulos y recompensas, así como el régimen disciplinario de los integrantes de las instituciones de seguridad pública.

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