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Los monopolios se perseguirán de oficio

La Suprema Corte avaló que la CFC persiga prácticas anticompetitivas que atenten contra México; la autoridad podrá investigar sin avisar previamente a los implicados los delitos que se les im
jue 25 octubre 2007 06:00 AM
Coca-Cola Femsa ha sido investigada por la CFC. (Reuters)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Ley Federal de Competencia Económica que faculta a la Comisión Federal de Competencia (CFC) para perseguir de oficio prácticas monopólicas que atenten contra la estabilidad económica del país.

Por lo que, respaldó que la CFC inicie "un procedimiento oficioso de investigación para la prevención y detección de prácticas monopólicas", contemplado en el artículo 30 de la ley impugnada.

Además, los ministros avalaron que la CFC realice una investigación previa antes de emplazar a la empresa a un procedimiento en contra de las prácticas monopólicas.

"La ley faculta a la Comisión Federal de Competencia Económica para iniciar una investigación previamente al emplazamiento", se lee en la sentencia.

Asimismo, agregaron los ministros, la Comisión "tiene facultades de realizar investigaciones a los particulares, sin que previamente se le de a conocer, con toda claridad y precisión el procedimiento de que se trate, así como los hechos materia de investigación que se les imputan".

Pues, la investigación, señala la resolución, no tiene por objetivo la privación definitiva de bienes o derechos de las empresas, sino sólo allegarse de documentos, testimonios y otros elementos para demostrar si incurrieron o no en actos monopólicos.

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 La sentencia de los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal de justicia del país se dio al resolver nueve juicios de amparo que interpusieron empresas nacionales y extranjeras que pretendían evadir el pago de multas que les impuso la CFC por incurrir en prácticas monopólicas.

En la sesión, los ministros les negaron el amparo, y concluyeron que la ley impugnada no viola los principios de seguridad jurídica, legalidad, división de poderes, audiencia y debido proceso, así como tampoco las garantías de equidad procesal y supremacía constitucional, consagrados en la Constitución Política, como aseguraban las quejosas.

Las empresas nacionales y extranjeras que se inconformaron fueron: Coca -Cola Export Corporation, Yoli de Acapulco, Embotelladora la Victoria, Industria Refresquera Peninsular, Embotelladora Zapopan, Panamco Bajío, y Coca Cola Femsa.

 

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