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Comer una 'sopita' causará IVA

El fisco dice que las tiendas de conveniencia deben cobrar IVA cuando se caliente un alimento; el impacto para las firmas no es amplio, pero para el consumidor es de 15%.
mar 02 diciembre 2008 06:00 AM
La comida rápida en el súper está gravada con IVA, según el

Los consumidores de comida rápida en tiendas de conveniencia como Oxxo o 7 Eleven o autoservicios deberán de pensar dos veces si al adquirir su taco o pizza asumen que pagarán un 15% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) si calientan el alimento en los hornos de microondas del establecimiento o se lo llevan frío para no pagar el impuesto.

El nuevo criterio normativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) enviado a las cadenas comerciales indica que los alimentos preparados para su consumo en comercios también se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación, como en un restaurante o cafetería, los cuales están gravados con un 15% o 10% de IVA según sea el caso.

Por lo anterior, la enajenación de sándwiches, pizzas, sopas instantáneas u otros alimentos estará gravada con una tasa de 15% si en el establecimiento en que se vendan dichos bienes se permite a los consumidores que utilicen instrumentos o utensilios necesarios para su cocción o calentamiento, como el horno de microondas.

“Habrá que recordar que un criterio del SAT no es ley, ni es una norma promulgada que genere obligaciones a los contribuyentes; no obstante, debe tenerse presente que es una manifestación expresa de lo que la autoridad piensa y es indicador de la forma en que se pronunciará cuando esta situación se presente”, dijo Carlos Cárdenas socio director de de Ernst & Young.

Los alimentos en México están exentos de IVA siempre y cuando no tengan un proceso de elaboración en el establecimiento en que se expenden, las pizzas o tacos congelados son exentos del 15%.

Para analistas esta disposición es equilibrada en el sentido de que representaba una competencia desleal con los restaurantes de comida rápida.

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Incluso Alsea, el mayor operador de restaurantes y cafeterías en América Latina, tuvo un litigio con la autoridad hacendaria que la obligó finalmente a cobrar y declarar el impuesto por el consumo de alimentos preparados en sus locales, lo que no hacía antes de 2007.

Incluso la disposición fiscal fue uno de los principales causante de que las ventas comparables de Alsea registraran una caída de 5.2% a tasa anual en el tercer trimestre de 2008.

“La incorporación al régimen de IVA de 15% afectará los márgenes de tiendas de conveniencia como Oxxo. Incluso, algunos autoservicios tienen también áreas de comida rápida en algunas tiendas”, de acuerdo con un reporte de Banamex Accival, Casa de Bolsa.

Sin embargo los expertos prevén un impacto limitado pues la comida rápida es una parte limitada de sus ingresos. En el caso de Oxxo se estima que alcance hasta 10%.

La mayor preocupación para este tipo de establecimientos es ahora la desaceleración de la economía que se prevé crezca solo 0.38% el próximo año, frente al 2% de 2008.

(Con información de IDC)

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