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Firmas revelarán manejo de derivados

Las emisoras que mantengan instrumentos financieros derivados deberán reportar a la CNBV y BMV; la información incluirá las unidades colocadas, las condiciones de pago y los problemas que surjan.
mié 06 mayo 2009 12:06 PM

A partir de este 7 de mayo, las emisoras que mantengan instrumentos financieros derivados estarán obligadas a reportar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), así como a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) la información relevante para su difusión inmediata.   

Esta información incluirá entre otros elementos, el número de unidades específicas en el contrato, como títulos, monedas, unidades de peso o de volumen, condiciones de pago, así como contingencias que las citadas posiciones representen en la situación financiera de la emisora.   

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que se adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores se añade que la información se difundirá en reportes con elementos determinados por la CNBV y los subyacentes.   

Esta obligación se añade a la ley vigente que estipula los reportes continuos, trimestrales, anuales, sobre reestructuraciones societarias y sobre eventos relevantes.

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