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KMS operará un puerto en Manzanillo

La empresa obtuvo la concesión para construir y operar una terminal portuaria en Laguna de Cuyutlán; las obras de construcción requerirán una inversión aproximada de 529 mdp.
vie 24 julio 2009 11:42 AM

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publica este viernes el Título de Concesión otorgado a Terminal KMS de GNL para construir y operar una terminal portuaria de altura, de uso particular, que se destinará a la recepción de gas natural licuado en la Laguna de Cuyutlán, en el puerto de Manzanillo, estado de Colima. La publicación obedece a la condición trigésimo segunda de dicho título de concesión donde se estableció que la concesionaria debería tramitar a su costa, la publicación de la presente concesión en el DOF y acreditarlo fehacientemente ante la "Secretaría", dentro de un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de su otorgamiento.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) otorgó el 24 de junio de 2009 el Título de Concesión en favor de Terminal KMS de GNL, para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en zona marítima para la construcción y operación de una terminal portuaria de altura, de uso particular, que se destinará a la recepción de gas natural licuado en la Laguna de Cuyutlán, en el puerto de Manzanillo, Estado de Colima.

La concesión determina que la empresa se obliga a efectuar las obras de construcción de la terminal en el plazo que para el efecto se fije en la autorización de inicio de construcción que emita la SCT, para lo cual realizará una inversión aproximada de 529 millones de pesos.

Asimismo, deberá presentar los documentos técnicos que integran el proyecto ejecutivo dentro de los 30 días naturales a la fecha de otorgamiento y una vez obtenida su aprobación solicitará la autorización para la construcción de las obras, mismas que se efectuarán conforme al programa y calendario de construcción que autorice la Secretaría.

Otra de las condiciones a las que esta sujeta Terminal KMS de GNL es la obligación a presentar dentro de los 30 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor del presente título, la póliza original que acredite el otorgamiento de una fianza por 5.290 millones de pesos, que expida una institución afianzadora autorizada, a favor de la Tesorería y a disposición de la SCT.

La dependencia en todo momento tendrá la facultad de verificar por sí o por terceros, el avance de la construcción, así como la calidad de los materiales empleados en la correcta ejecución de las obras y podrá ordenar que se corrijan los defectos encontrados.

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