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TV Azteca gana batalla contra el IFE

El Tribunal Electoral revocó la resolución del IFE que imponía dos sanciones a la televisora; el medio debía pagar 5.5 mdp por dejar de transmitir promocionales de partidos.
mié 09 marzo 2011 08:39 PM
TV Azteca busca ampliar sus servicios de televisión. (Foto: Archivo)
Tv azteca (Foto: Archivo)

El Tribunal Electoral Federal revocó la resolución emitida por el IFE mediante la cual se impusieron dos multas a Televisión Azteca, como concesionaria de los canales 7 y 9 en Oaxaca, por dejar de transmitir promocionales de partidos y autoridades electorales.

Durante la sesión de este miércoles, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría de seis votos a favor y uno en contra, del magistrado Flavio Galván Rivera, revocar dicha resolución.

El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) deberá emitir, en la próxima sesión ordinaria que celebre, una nueva resolución en la que reindividualice la sanción a partir de las consideraciones de esa ejecutoria y, en su caso, establezca la multa que corresponda a la televisora.

Una vez hecho lo anterior, dentro de las 24 horas siguientes el instituto deberá dar aviso a la Sala Superior del TEPJF del cumplimiento que dé a la presente sentencia.

En su proyecto de sentencia, el magistrado Manuel González Oropeza consideró que la multa de más de 5.5 millones de pesos impuesta a Televisión Azteca resulta desproporcionada.

Lo anterior toda vez que se aplica una multa global de 28,920 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal para 1,775 promocionales omitidos, y aplica una multa global de 69,922 días de salario mínimo para 928 promocionales omitidos.

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Ello sin justificarse razonadamente los motivos por los que la autoridad responsable arribó a la conclusión de que la omisión de promocionales correspondientes a autoridades electorales, amerita una multa mayor que la aplicada con respecto a los spots omitidos en la etapa de precampañas.

De ahí que González Oropeza propusiera que se resuelva fundado el agravio, y por ende, sea revocada la resolución y se ordene al IFE que emita una resolución en la que realice una nueva individualización de la sanción, tomando en consideración distintos factores.

Entre estos, el número de promocionales omitidos por cada una de las emisoras televisivas, para que el efecto de que las multas respectivas resulten proporcionales en días de salarios mínimos vigentes para el Distrito Federal.

También la cobertura de cada una de las emisoras televisivas, a partir del número de ciudadanos inscritos en los padrones electorales y las listas nominales.

En su oportunidad, el magistrado Flavio Galván señaló que no coincide con el proyecto de resolución, pues aun cuando gran parte de la argumentación del recurso de apelación es que no se cumplieron los lineamientos dados por la Sala Superior, sí hay tal cumplimiento.

En opinión de Galván Rivera, no existe esa desproporcionalidad y por ello es que considera que se debería confirmar la resolución impugnada.

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