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Cofetel ‘ordena’ costos de interconexión

Telefónica y Iusacell deberán cobrar 0.3912 pesos por minuto en redes móviles; el cobro de interconexión deberá contabilizar sólo la duración de la llamada, sin redondeos.
vie 27 mayo 2011 08:51 PM
La Cofetel recordó que las resoluciones son las primeras que emite en materia de interconexión luego de que se restringieron las suspensiones. (Foto: Photos to Go)
telefono celular (Foto: Photos to Go)

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) resolvió los desacuerdos de interconexión entre Alestra con Iusacell-Unefon, Inversiones Nextel y Opcom (Nextel) con Grupo Telefónica, Alestra con Telmex-Telnor, Avantel-Axtel y Telmex.

El pleno de la Cofetel determinó que la tarifa aplicable al servicio de terminación conmutada en las redes móviles de Grupo Telefónica y de Grupo Iusacell/Unefon para este año será de 0.3912 pesos por minuto.

Reiteró que los pagos por concepto de interconexión deberán contabilizar únicamente la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto siguiente.

Agregó que los costos aplicables entre dichos operadores por concepto de terminación conmutada en redes fijas para el año 2011 serán de 0.03951 pesos por minuto de interconexión.

El organismo regulador explicó que estas resoluciones son consistentes con la política de reducción gradual de tarifas que sigue la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) , a fin de impulsar una mejor tarifa final al usuario de los servicios de telecomunicaciones fijos y móviles.

En el caso de Telmex y Telnor la tarifa fue establecida por niveles de jerarquía Interurbana, de 0.03951 pesos por minuto.

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Los costos aplicables a la entrega de tráfico en un punto de interconexión que requiere facilidades de transmisión adicionales será de 0.04530 pesos por minuto y la aplicable al servicio de tránsito en 0.01904 pesos.

La Cofetel recordó que estas resoluciones son las primeras que emite en materia de interconexión luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró improcedente otorgar suspensiones provisionales o definitivas cuando alguna empresa recurra, mediante el juicio de amparo, a las determinaciones del órgano regulador.

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