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La OIT echa abajo la queja del SME

El organismo señaló que la extinción de LyFC preservó principios de libertad sindical; la Secretaría del Trabajo se congratuló por la resolución tomada.
sáb 18 junio 2011 02:19 PM
El sindicato ha mantenido sus protestas desde que se decretó la extinción de Luz y Fuerza del Centro. (Foto: AP)
SME (Foto: AP)

El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) determinó que la queja del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) "no era admisible". "Tras examinar la comunicación de fecha 26 de noviembre de 2009, las observaciones del Gobierno y las nuevas informaciones que a petición del Comité transmitió el SME, se estimó que la queja en cuestión no era admisible", citó un informe del Comité al que la agencia Notimex tuvo acceso.

Durante la 311 reunión del Consejo de Administración de la OIT, en su sede en Ginebra, el Consejo aprobó la víspera el 360 Informe del Comité de Libertad Sindical, en el que se examinaron casos presentados de todo el mundo, entre ellos la queja del SME.

Con ello, según explicó a Notimex un experto laboral que prefirió el anonimato, "se puede concluir que el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro no violó los principios de libertad sindical ni de negociación colectiva".

El Comité de Libertad Sindical es un órgano del Consejo de Administración de la OIT, cuya principal responsabilidad consiste en examinar casos sobre las quejas presentadas por presuntas violaciones a la libertad sindical de los países miembros del organismo.

STPS celebra resolución

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recibió con gusto la resolución al indicar que el Gobierno mexicano hizo prevalecer el Estado de derecho de los intereses de los ex trabajadores de LyFC.

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"Con lo anterior, se confirma que el Gobierno de México y sus instituciones han hecho prevalecer el Estado de derecho en el marco de una justa defensa de los intereses de los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro, tutelados por la legislación nacional y los convenios internacionales de los que el país es parte", manifestó en un comunicado.

Agregó que el Comité de la OIT determinó que el decreto de extinción de LyFC se ajustó a los principios contenidos en los convenios número 87 sobre libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, y número 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, ya que en todo momento se garantizaron los derechos de los trabajadores.

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