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Carlos Slim da un revés a la CFC

La SCJN suspende la declaratoria de dominancia interpuesta por la CFC contra Telmex y Telcel; la Comisión reguladora deberá revisar de nuevo el recurso que promovió en cinco mercados.
dom 21 agosto 2011 12:01 PM
Hasta ahora ninguna declaratoria de dominancia emitida por la CFC ha sido aplicada en el sector de telecomunicaciones.  (Foto: AP)
carlos slim (Foto: AP)

La Comisión Federal de Competencia (CFC) tendrá que revisar de nuevo la declaratoria de dominancia interpuesta contra Teléfonos de México (Telmex) y Telcel en cinco mercados. El diario Reforma reportó este fin de semana que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la declaratoria luego de resolver una contradicción de tesis en favor de las firmas.

Con la resolución de la instancia de la Corte, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) se ve impedida para emitir una regulación de dominancia contra Telmex y Telcel, cuatro contra la primera y una contra la segunda.

Hasta ahora ninguna declaratoria de dominancia emitida por la CFC ha sido aplicada en el sector de telecomunicaciones, por lo que analistas coincidieron en que se debe revisar y actualizar el esquema usado para definir las declaratorias.

A principios de agosto se informó que la multa de 91.5 millones de pesos impuesta a Telmex por negar la interconexión a Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas (GTM), filial de Telefónica, quedó suspendida luego de que la CFC admitiera el recurso de reconsideración presentado por la firma de Carlos Slim. El expediente publicado en la lista diaria de notificaciones del órgano regulador señalaba que se ordenaba la suspensión de los efectos de la resolución reclamada, en tanto se admitía a trámite el recurso legal presentado por Telmex.

A partir del 3 de agosto, la Comisión tiene 30 días hábiles para analizar el recurso de reconsideración con base en una investigación que puede derivar en la ratificación de la multa, modificarla o eliminarla.

El 1 de junio, la CFC dio a conocer que resolvió sancionar a Telmex por cometer una práctica monopólica relativa consistente en negar el servicio de interconexión a la empresa GTM por un periodo de siete meses, entre 2007 y 2008.

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Pese a considerarse una falta grave por parte de Telmex, que implicaría una multa por 10% de las ventas anuales o 10% de los activos de la empresa, el órgano regulador consideró que la práctica ameritaba una sanción inferior.

Ello, debido a que el daño se circunscribió a una parte reducida del mercado (una sola empresa en siete áreas de servicio local) y a que la conducta se registró por un periodo relativamente corto, por lo que la multa quedó en 91 millones 489,000 pesos.

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