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El IFAI cuestiona a la SCT por Telmex

El instituto dijo que no existen documentos que prueben la compra-venta de la telefónica; la SCT debe buscar los papeles relacionados a la concesión que recibió la empresa por 30 años.
mié 09 noviembre 2011 02:52 PM
Slim compró Telmex al Gobierno mexicano hace dos décadas. (Foto: Reuters)
Telmex De acuerdo con informantes, el IFT sostuvo una reunión el lunes por la noche para modificar las reglas para las gigantes de las telecomunicaciones América Móvil y Grupo Televisa.

El pleno del IFAI pidió a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) hacer una búsqueda exhaustiva de los documentos que acrediten la enajenación de los títulos representativos del capital social del Gobierno federal en la empresa Teléfonos de México (Telmex) en 1990.

Al resolver un recurso de revisión presentado por un particular, el pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) resolvió que, en caso de no localizar dicha información, la SCT deberá declarar formalmente su inexistencia, conforme lo estipula la Ley Federal de Transparencia.

La Subsecretaría de Comunicaciones y la Dirección General de Política de Telecomunicaciones y de Radiodifusión declararon la inexistencia de los datos solicitados por un particular.

El recurrente solicitó a la SCT el contrato de compra-venta de Teléfonos de México entre la persona física o moral y la propia dependencia.

Durante la sustanciación del recurso, la ponencia de la comisionada Jacqueline Peschard recibió copia de la respuesta remitida al particular, en la que el Comité de Información de la SCT declaró la inexistencia del contrato de compra-venta de la empresa Teléfonos de México.

En el proyecto de resolución presentado al pleno, la comisionada presidenta expuso que conforme a la información disponible, la empresa no fue enajenada a una persona física o moral, sino que el Gobierno federal decidió reducir su participación accionaria en dicha empresa.

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Precisó que la SCT otorgó a Teléfonos de México, con fecha 10 de marzo de 1976, un título de concesión con vigencia por 30 años para construir, operar y explotar una red de servicio telefónico público.

De esta forma, el Gobierno federal no celebró un contrato de compra-venta con una persona física o moral, a efecto de vender la paraestatal. En consecuencia, concluyó que resulta procedente la inexistencia manifestada por la SCT.

Sin embargo, el IFAI determinó instruir a la SCT para que realice una búsqueda de los documentos relacionados con los actos jurídicos, en virtud de los cuales se enajenaron los títulos representativos del capital social, propiedad del Gobierno federal.

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