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Ponen expropiación al servicio de crudo

El Gobierno tendrá la posibilidad de expropiar terrenos en beneficio de la extracción del petróleo; la iniciativa de Ley de Hidrocarburos prevé varias condiciones antes de fijar el valor de un predio.
vie 27 junio 2014 06:00 AM
El petróleo para octubre subió 58 centavos, o 0.6%, a 96.84 dólares. (Foto: Thinkstock)
PETROLEO (Foto: Thinkstock)

La iniciativa de Ley de Hidrocarburos que envió el Gobierno y que analiza el Senado propone que las empresas que sean contratistas o mantengan una asignación en un proyecto de explotación de petróleo o gas natural utilicen, como último recurso, la denominada “servidumbre legal”, que se refiere a la expropiación de un terreno.

La “servidumbre legal” aplicará solo cuando los propietarios de una superficie y las empresas no lleguen a un acuerdo sobre los pagos o contraprestaciones que deberán hacer.

En esa situación, la compañía podrá solicitar a la Secretaría de Energía (Sener), y ésta a su vez al Poder Ejecutivo, la expropiación del terreno bajo la figura de “servidumbre legal”.

El proceso pretende destrabar los conflictos que se han vivido en otros sectores como el minero o el de energías renovables, que se han topado con la oposición de grupos ejidales en zonas rurales; sin embargo, analistas anticipan que la legislación derivará en juicios y posibles señalamientos sobre la inconstitucionalidad de la ley.

“El Estado está fijando una prevalencia de la energética sobre cualquier otra, lo que puede hacer distorsión sobre derechos adquiridos de las personas que tenían ya prevalencia sobre esas tierras, ya sea propiedad privada o ejidales”, explicó un experto de una consultora internacional en temas fiscales y administrativos que habló bajo condición de anonimato.

El especialista señaló que en Estados Unidos, con una legislación que permite a los dueños de la tierra tener derechos sobre los hidrocarburos en el subsuelo, los conflictos por la propiedad privada frente a las compañías petroleras no han desaparecido.

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Por lo anterior, anticipó que en México la situación será aún más complicada, debido a que los titulares de la superficie no pueden recibir un pago como porcentaje de la explotación de petróleo o gas natural dentro de su terreno, puesto que los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la nación.

La iniciativa prevé incluso la nulidad de los acuerdos entre empresas y dueños de tierras que involucren la promesa de pago como porcentaje de la extracción de hidrocarburos, según los artículos 101 y 115 de la ley.

La restricción para recibir una parte directa de la explotación, aunado a la debilidad institucional en la que viven los dueños de tierras ejidales o comunitarias, también mermará la capacidad de negociación de las comunidades, opinó el catedrático del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), Ignacio Lozano.

“Hay que determinar cuál es la retribución justa para una comunidad, el valor actual o quizá las utilidades futuras de la producción”.

El académico afirmó que lo ideal es que dentro de la ley se pueda prever la modificación de los acuerdos originales en caso de que los proyectos resulten más atractivos de lo que en un inicio se pensó.

El Congreso aún no define un periodo para discutir las leyes secundarias que normarán a la reforma constitucional en materia energética, que pretende levantar la producción de 2.5 a 3 millones de barriles para 2018.

Aunque la iniciativa prevé la expropiación de los terrenos, también considera una serie de condiciones previas, y la primera permite a las compañías llegar a un acuerdo sobre el pago o la contraprestación con los dueños de la superficie, la cual se puede dar en efectivo, especie o con compromisos de contratación o adquisición de bienes que provea la comunidad donde se encuentren.

“Se propone que los pagos de la contraprestación se realizarán a través del Fideicomiso del Fondo Nacional de Fomento Ejidal, por tratarse de la institución especializada en la materia, a fin de dar seguridad a los ejidatarios involucrados de que se recibirán su pago”, explica la iniciativa del Senado.

Nota relacionada: Ley energética, amenazada por tierras

De no llegar a un acuerdo, las petroleras pueden acudir al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) para que realicen valuaciones sobre los terrenos, y que tanto el dueño del tierra como la empresa acuerden el monto de la transacción independiente para al final compararla con la del Instituto y lograr un convenio ante un tribunal agrario.

La siguiente imagen muestra un esquema de los pasos que se darán dentro de la valuación que realizará el Indaabin, según la propuesta original del Gobierno, enviada en mayo, y que se mantiene en la iniciativa del Senado:

 

http://www.cnnexpansion.com/media/2014/06/26/indaabin-tierra-petroleo.jpg

Fuente: Imagen tomada de la Sener.

Pero si no se llega a un convenio, entonces el organismo notificará a la Sener para proponer al Ejecutivo la constitución de la servidumbre legal de hidrocarburos, con lo que se puede decretar la expropiación.

Lo que dice la ley

La iniciativa de ley reafirma el carácter de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos como de “interés social y orden público”, además de “utilidad pública”, por lo que tiene preferencia sobre cualquier otra ocupación.

“Procederá la constitución de servidumbres, la ocupación o afectación superficial, o la expropiación de los terrenos necesarios para la realización de las actividades de la industria de Hidrocarburos, conforme a la Ley de Expropiación y demás disposiciones aplicables en los casos en que la Nación lo requiere”, explica el artículo 96 de la Ley de Hidrocarburos, que ya dictaminó el Senado en comisiones.

El procurador fiscal de la Federación, Javier Laynez Potisek, aseguró que la legislación no busca que se realicen expropiaciones de facto, sino que privilegia las negociones entre los propietarios y las empresas

“No es la idea que la expropiación sea la solución y la panacea para que se puedan llevar a cabo las explotaciones (…) lo que se está privilegiando aquí no es la expropiación, sino estos contratos de ocupación que no son nuevos. Son los que hace Pemex y CFE hoy en día con los ejidatarios, con los comuneros, en donde se pacta, inclusive, una renta mensual, según la ocupación que se requiera”.

Durante su participación en los Foros de Análisis de la Reforma Energética en la Cámara de Diputados, el funcionario detalló que en explotaciones de shale gas -donde los pozos tienen una vida útil de alrededor de cinco años-, no conviene llegar a usar la expropiación, porque el Gobierno se quedaría con una superficie que no sabrá qué uso darle.

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