Proteger manglares no frena la inversión
La Ley General de Vida Silvestre (LGVS), que prohibió cualquier actividad que afecte la integridad del flujo hidrológico del manglar, no inhibió la ejecución de los proyectos turísticos, dio a conocer Greenpeace, organización no gubernamental (ONG) encargada de proteger el medio ambiente.
Datos de la Secretaría de Turismo (Sectur) indican que la inversión privada acumulada del sector creció de 3,464 millones de dólares (mdd), en diciembre de 2007, a 4,641.16 mdd, en el mismo período de 2008. Algunos de los destinos con mayor recepción de capital fueron Riviera Nayarit, Isla Mujeres, Riviera Maya, Mazatlán, Cancún y Acapulco. Durante el año pasado aumentó 34 % la inversión turística privada.
El artículo 60 Ter de la LGVS no es un obstáculo para crear infraestructura en el país, dictaminó la organización no gubernamental (ONG), al analizar el desarrollo de los proyectos turísticos del país.
"Los manglares en México están cada vez más amenazados, depredados y desprotegidos, por lo que es prioritario detener los proyectos e iniciativas de ley que atentan contra este ecosistema con el pretexto de generar infraestructura y reactivar la economía del país", denunció Greenpeace.
"Los servicios ambientales que provee el manglar no son recuperables con sistemas de compensación, como se pretende con las iniciativas planteadas por el PRI en el legislativo. Depredar el manglar también tiene un alto costo social, porque una costa erosionada es más vulnerable a los fenómenos provocados por el cambio climático, que en varios países han dejado pérdidas millonarias", explicó y Octavio Aburto-Oropeza, científico mexicano.
____________________
Adiós al manglar mexicano
65 % de manglar perdido
655,667 hectáreas (ha) de manglar quedan en todo el país.
4.43 ha se pierden cada día, equivalente a seis campos de fútbol.
40 y el 50 se habrá perdido para 2025
Artículo 60 TER
Queda prohibida la remoción, relleno, transplante, poda, o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos. Se exceptuarán de la prohibición a que se refiere el párrafo anterior las obras o actividades que tengan por objeto proteger, restaurar, investigar o conservar las áreas de manglar.
Contacto:
http://www.greenpeace.org/mexico/news/manglares-amenazados-depreda