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Cómo evitar que le roben su proyecto

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jue 05 julio 2007 09:57 AM

El plagio intelectual es tema serio.
El derecho asiste al diseñador creativo, hay que ponerlo a nuestro favor.

No es extraño que los proyectos de ingenieros y arquitectos sean literalmente robados por sus prospectos de clientes. Si bien ello es indignante, también implica responsabilidades legales para los plagiarios, evitables por los profesionales de la construcción.

Las creaciones originales —de la naturaleza que fuesen— son protegidas por la ley a través de las figuras como las patentes y los derechos de autor, pero no es necesario pensar en figuras legales complicadas ya que si se conocen y aplican los principios generales del derecho estos protegen y evitan los robos.

Un concurso, licitación o invitación a presentar propuestas o bien cotizar son actos jurídicos mediante los cuales se le exhorta a uno o varios sujetos a ofrecer un bien o servicio. Al momento en el que la propuesta es presentada, quien invita sólo tiene derecho a aceptarla o rechazarla, o bien hacer una contrapropuesta esperando una respuesta del proponente.

Así, se le está comunicando al cliente potencial desde el punto de vista jurídico: 1) que se ha aceptado la invitación a presentar una propuesta; 2) que la propuesta puede o no aceptarse, y 3) que de aceptarla, se ejecutará el proyecto en los términos propuestos.

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Si se incluye un texto tal como: “El contenido de la presente propuesta podrá ser utilizado por el Cliente exclusivamente en el caso de que este último acepte y se ejecute el proyecto en los términos dispuestos. La simple recepción de la propuesta es una aceptación de lo señalado con anterioridad”, puede ser el inicio de una buena protección para su proyecto, pues establece la prohibición de robar o usurpar la creación. Ningún receptor puede utilizar la propuesta en beneficio propio o de terceros sin la aceptación del autor bajo las condiciones acordadas. En caso de incumplimiento, éste podrá demandar los daños y perjuicios consistentes en los montos económicos erogados por la presentación de la propuesta (daños) y las cantidades de dinero que se perdieron por la conducta ilícita del receptor (perjuicios). Ya varias firmas del ramo utilizan este principio, pero muchas que no están en el filo de la navaja. Lo invito a que lo incluya en sus propuestas. Estoy seguro de que si lo intenta, vivirá más tranquilo.

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