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Limbo judicial para el interés compuesto

Los bancos no pueden escapar de pagar lo que se conoce como “anatocismo”, dice Javier Bonilla; las entidades financieras no dudan en cobrártelo sobre tus préstamos, pues también sería ilógico.
jue 22 abril 2010 06:03 AM
Si la ley protegiera a los bancos de pagarte intereses compuestos, ellos no podrían cobrártelo a ti, y así lo hacen. (Foto: Jupiter Images)
credito tarjeta interes (Foto: Jupiter Images)

En los países subdesarrollados, el sistema financiero y el sistema judicial no se ponen de acuerdo en conceptos tan elementales como el cobro (y pago) de interés compuesto.

En efecto, aunque el interés compuesto debería prevalecer  en todas las operaciones de la economía, es común que escuchemos que el cobro de "intereses sobre intereses" es injusto y que debería estar prohibido. En un determinado medio tenemos incluso un nombre suficientemente bizarro para esta práctica; le llamamos "anatocismo".

Sin embargo, el cobro y pago de intereses sobre intereses es tan real e ineludible como la Ley de la Gravedad.

Supongamos por ejemplo que tomas 100 pesos de tu dinero y los depositas por un año al interés del 10% anual; supongamos ahora que decides dejar ese dinero en el banco por un segundo año. ¿Debe el banco pagarte de nuevo 10% de interés sobre los 100 pesos originales o sobre el nuevo saldo de 110 pesos? La respuesta correcta es: sobre el nuevo saldo de 110 pesos.

Más aún, preguntémonos: ¿tienen los jueces manera de proteger a los bancos contra el "crimen" de que una persona pretenda cobrarles intereses sobre intereses? No. Si los jueces pretendieran prohibir que en el segundo periodo cobraras intereses sobre intereses, tú simplemente sacarías tu dinero del banco, lo llevarías a otro banco y lo depositarías como nuevo principal.

Para mostrar a los jueces lo absurdo de la prohibición podrías depositarlo en el mismo banco que te acaba de entregar el dinero y para hacerlo más evidente aún, podrías simplemente salir a la banqueta, esperar 5 minutos y volver a entrar al banco a abrir un nuevo contrato depositando como "nuevo principal" lo que cinco minutos antes el banco y tú llamaban "principal mas intereses".

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¿Lo ves? Los bancos no pueden escapar a tener que pagarle a sus acreedores (los ahorradores) intereses sobre los intereses, que en cada periodo se generen.

Bien ahora, si ya concluimos que los bancos necesariamente tienen que pagarnos interés sobre interés, ¿en qué cabeza cabe que los bancos no pudieran cobrar interés sobre interés cuando le hacen un préstamo a alguien? Si no los cobraran, los bancos estarían dedicados a regalar dinero y quebrarían.

Supongamos que Pepe ahorra con el banco la cantidad de 100 pesos, dejándolos depositados por dos periodos a una tasa del 10% por periodo. Al final del periodo uno, él tendrá 110 pesos.

Sin embargo, si asumiéramos que la ley prohíbe el "anatocismo" de modo que sales a la banqueta y vuelves a entrar, esta vez a depositar 110 como nuevo principal, al final del segundo periodo tendrías 121 pesos. Así, en el primer periodo habrías ganado 10 pesos de intereses y en el segundo 11 pesos.

Ahora si asumimos que el banco toma tu  dinero y lo presta a Juan Pérez. Supongamos que el banco cobra una tasa un poco mayor a la que paga para pagar sus costos y su utilidad, digamos 10.4%. Así, durante el primer periodo el banco cobraría $10.40 de intereses. ¡Ah! pero como tiene prohibido cobrarle sobre $110.40 el interés generado en el segundo periodo será de solo $10.40 nuevamente. Al final del segundo periodo el banco sería dueño de los $100 originales y de $20.80 pesos de intereses ($10.40 más $10.40). Así las cosas, el banco habría perdido dinero.

Llevemos el razonamiento al extremo y supongamos que el banco es tan eficiente que tiene cero costos. Bien pues si ese banco paga intereses sobre intereses (y está obligado a hacerlo por el asunto de la banqueta) pero no cobra intereses sobre intereses, aun cuando el banco no tuviera costos, perdería dinero.

El asunto de no cobrar y pagar interés compuesto es tan absurdo que en ningún país desarrollado se plantea; pero en México las cosas son diferentes.

En México si alguien te debe dinero y quedó en pagarte, digamos, un 10% mensual y de pronto deja de pagarte de modo que lo demandas ante un juez, aun cuando ganes el juicio, el juez sólo le adjudicará un interés simple.

Hay ciertas cosas que de manera simple, sin grandes cambios estructurales ni revoluciones ideológicas pueden hacer una diferencia importante en el funcionamiento de la economía. Hacerle claro a la ciudadanía que el interés compuesto es tan inevitable como la Ley de la Gravedad y acordar con los jueces que es indispensable su reconocimiento hasta en el último rincón del sistema judicial mexicano, es una de esas cosas.

* El autor es Socio Director de la empresa de consultoría económica Quántica , y especialista en microeconomía y teoría de precios, responsable de proyectos para los sectores público y privado sobre desregulación, presupuesto público, competencia económica y prácticas comerciales internacionales. Es miembro fundador del consejo directivo de Las Mejores Escuelas el único portal enfocado a proveer información acerca de la competitividad en el sector educativo para que padres de familia y la comunidad educativa nacional tomen decisiones de valor al respecto de la selección de Las Mejores Escuelas en el nivel básico.

Es Maestro en Administración (MBA) en la Universidad de California en Los Ángeles y Licenciado en Economía por el Instituto Tecnológico Autónomo de México. En su trayectoria como funcionario en el sector público destaca su ejercicio como: Subsecretario de Planeación de la Secretaría de Salud (1994-1996), Director de la Unidad de Promoción de Inversiones de la Secretaría de Agricultura - Programa de Swaps (1990), Director General de Asuntos Internacionales de la Subsecretaría de Planeación de la Secretaría de Agricultura (Participante en el diseño e instrumentación de la Reforma al Art. 27 Constitucional, el Programa de Transferencias directas que sustituyó a Conasupo, Procampo y la negociación de diversos tratados internacionales de libre comercio incluyendo el TLC. (1992) y como Asesor del Secretario de Hacienda, Dr. Pedro Aspe en 1989.

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