Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

Todo lo que necesitas saber del amparo

En junio se reformaron artículos y el experto Gabriel Pizá detalla los cambios más sobresalientes; conoce más del medio de defensa que tienen los mexicanos ante las autoridades.
lun 22 agosto 2011 06:04 AM
Todos estas reformas, que son efectivas desde la segunda semana de agosto, entrañan una nueva forma de abordar y entender una figura fundamental del derecho mexicano. (Foto: Photos to go)
juicio (Foto: Photos to go)

En el mes de junio del año en curso, el presidente de la República promulgó el decreto que reformó los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esta reforma es de suma importancia, ya que incide directamente en la figura jurídica del "amparo", que es el medio de defensa que tenemos los mexicanos frente a los actos de autoridad que vulneren derechos fundamentales; por lo tanto, cambiará la forma en que se van a tramitar los amparos a partir de la entrada en vigor de esas reformas.

Ahora bien, ¿cuáles son los aspectos sobresalientes de esta reforma? A continuación los señalamos algunas de las más importantes:

1. Se amplía la protección del juicio de Amparo a los Derechos Humanos. No sólo a aquellos originarios de nuestra Constitución, sino también aquellos derivados de los tratados internacionales firmados por México.

2. Se podrá solicitar el amparo por omisiones de la autoridad. Pues si bien antes de las reformas era necesaria la actuación directa de la autoridad, ahora se podrá combatir la falta de acción de las autoridades cuando se trate de derechos fundamentales.

3. Se introduce la figura del interés legítimo individual o colectivo. Ya no sólo se pude solicitar el amparo cuando se afecte un derecho fundamental reconocido, sino también, por la especial situación del gobernado frente al orden jurídico vulnerado.

4. Amparo Adhesivo. Aplicable para la parte que haya obtenido sentencia favorable y aquella otra que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado.

Publicidad

5. Suspensión. Siendo esta figura una parte medular del juicio de amparo - pues permite interrumpir el acto de autoridad en tanto se resuelve el mismo-; ahora, "se deberá realizar un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social", es decir, se trata de evitar el abuso de este concepto para eludir la justicia.

6. Se crearán los llamados "Plenos de Circuito", que resolverán la Jurisprudencia contradictoria entre los Tribunales Colegiados de un mismo circuito. Cuando exista discrepancia entre la jurisprudencia emitida por esos "plenos" en diferente circuitos, la autoridad que resolverá será la Suprema Corte de Justicia actuando a través del pleno o de la sala respectiva.

7. Se fortalece a la Suprema Corte de Justicia como Tribunal Constitucional. Con la facultad que tendrá de "informar a la autoridad emisora" sobre la inconstitucionalidad de una norma general y con las "declaraciones generales de inconstitucionalidad"; una vez que se cumplan determinados requisitos para tales efectos, siempre y cuando no estén comprendidas dentro de los casos de excepción correspondiente.

8.Se flexibiliza la relatividad de las sentencias. Entonces cuando se resuelvan cuestiones de inconstitucionalidad se harán extensivos sus efectos de manera general; pues antes, en estos casos, se restringía los efectos de las resoluciones del juicio de amparo a las personas físicas o morales que la  hubieren solicitado - Fórmula Otero -.

9.Formación de Jurisprudencia. Iniciará una "nueva época" en la creación de jurisprudencia  a consecuencia de las determinaciones contenidas en la reforma, pues no se tomarán en cuenta las "tesis" aprobadas con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma. En la actualidad cursamos la denominada "novena época".

Todos estas reformas, que son efectivas desde la segunda semana de agosto, entrañan una nueva forma de abordar y entender una figura fundamental del derecho mexicano, con el objetivo de hacerlo más accesible y ampliando sus efectos a consecuencia de la evolución del entorno jurídico actual y por la relación que guarda éste con todos los mexicanos.

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad