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OPINIÓN: La consulta popular, ¿desvirtuada por los partidos políticos?

El ejercicio ciudadano busca que la gente participe en la política, pero hay quienes lo han tomado como estandarte para ganar simpatías
vie 29 agosto 2014 10:25 AM
Los 10 partidos en México
Los 10 partidos en México Los 10 partidos en México

Nota del editor: Arturo Espinosa Silis es abogado especializado en temas electorales, con experiencia en derechos humanos, procesal y constitucional, actualmente.

(CNNMéxico) - El sistema electoral mexicano ha pasado de un partido hegemónico a un pluripartidismo. Las bases del sistema giran en función a lo que pueden y no pueden hacer los partidos políticos.

Eran los únicos autorizados para postular candidatos a cargos de elección popular, a través de sus grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión, son quienes determinan el contenido de las leyes que rigen en el sistema jurídico mexicano, integran la autoridad administrativa electoral que los regula, reciben financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades, son de los pocos sujetos legitimados por la ley para cuestionar la constitucionalidad de las leyes en materia electoral, además de otras prerrogativas y derechos propios de los partidos políticos.

Esto ha llevado a que los partidos políticos se olviden de su naturaleza de entidades de interés público que buscan fomentar la participación política en la vida democrática del país (artículo 41 constitucional), generando una gran brecha entre los ciudadanos y la vida política del país, un desinterés generalizado, que se refleja en los resultados del informe país elaborado por el Colegio de México y el Instituto Nacional Electoral, así como en el Latinobarómetro de 2013.

La democracia mexicana se ha olvidado que los ciudadanos somos quienes a través de nuestro voto elegimos a nuestros representantes y les damos un mandato para que tomen las decisiones más relevantes para el país.

Con la reforma constitucional 2011, se buscó fomentar una mayor participación de los ciudadanos en la vida política del país, generando un contrapeso a la partidocracia, para ello se adicionaron al artículo 35 constitucional tres mecanismos para ejercer los derechos políticos de los ciudadanos: las candidaturas independientes, la iniciativa ciudadana y la consulta popular.

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La ley define a la consulta popular como un mecanismo de participación ciudadana, a través del cual se ejerce el derecho a votar a fin de opinar respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional (artículo 4 Ley Federal de Consulta Popular – LFCP).

La consulta popular puede ser solicitada por el Presidente de la República, el 33% de los integrantes del Congreso de la Unión, o el 2% de los ciudadanos que integren la lista nominal (integrado por 80 millones 256,024 electores) esto equivale a 1,605,120 ciudadanos quienes deben respaldar la consulta (artículo 12 LFCP).

La organización de la consulta popular es una más de las múltiples facultades que tiene el Instituto Nacional Electoral, y la legalidad de la pregunta será calificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

No podrán ser objeto de consulta: restricciones a los derechos humanos reconocidos por la Constitución; los principios relativos a la forma de gobierno establecidos en el artículo 40 constitucional, la materia electoral, los ingresos y gastos del Estado, la seguridad nacional y la organización y operación de las fuerzas armadas (artículo 11 LFCP).

De esta forma el legislador buscó que el ciudadano participará en la toma de decisiones respecto de temas de trascendencia nacional a través del ejercicio de sus derechos político-electorales, esto a través de un mecanismo en el que sean los propios ciudadanos quienes se involucren en los asuntos públicos y la vida política del país, sin que los partidos políticos intervengan o participen de manera activa en el mismo, al menos en la ley de la materia no se hace una sola referencia a ellos.

La finalidad de incluir la consulta popular, así como la iniciativa ciudadana y la candidaturas independientes, como parte de los mecanismos para que los ciudadanos ejercieran sus derechos político-electorales, es incentivar a los ciudadanos para participar de manera activa en los asuntos públicos del país, por ello, considero que es un error que los partidos políticos tomen como estandarte la realización de diferentes consultas populares (energética, salarios mínimos, representación proporcional) sobre todo si a través de ella buscan promover plataformas electorales o generar mayores simpatías a su causa de cara a los comicios – federales y locales – que se llevarán a cabo el próximo año.  

El uso de la consulta popular con el fin de obtener votos en favor de un partido político desnaturaliza este mecanismo de participación ciudadana, por ello, incluso no es ideal que la consulta popular se realice el mismo día que la jornada electoral, pues si bien se garantiza una mayor participación en la misma, también se presta a que el tema a consultar tenga fines electoreros.

De los ciudadanos dependerá que los partidos políticos no se apoderen de los mecanismos de participación ciudadana que el legislador contempló para que los propios ciudadanos tengamos un mayor acercamiento con la vida política y democrática del país.

Las opiniones recogidas en este texto pertenecen exclusivamente a Arturo Espinosa Silis.

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