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Legisladores definen cuáles son los delitos informáticos y su castigo

La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que identifica y establece sanciones contra el 'hacking' o la revelación de secretos en la web
jue 29 marzo 2012 10:31 AM
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La Cámara de Diputados de México aprobó este miércoles una serie de modificaciones legales que identificarán delitos informáticos como el hacking, el uso de engaños para obtener información como contraseñas, así como la obtención y divulgación de información contenida en sistemas informáticos protegidos.

A fines de febrero, el diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Rodrigo Pérez-Alonso, integrante de la Comisión de Justicia y uno de los dos proponentes de las reformas (junto con el diputado Juan José Guerra, del mismo partido) habló sobre la historia de esta legislación.

“Este es un tema que llevamos trabajando a lo largo de la presente legislatura ya que vemos que la última generación de modificaciones legales al Código Penal de hace una década solo comprendía intercepciones e intrusiones vía telefónica”, dijo en entrevista con CNNMexico.

Este miércoles fueron modificados apartados en varios artículos del Código Penal Federal (los artículos 205, 211, 282, 389 y 390) con el fin de definir una variedad de crímenes informáticos.

De acuerdo con el  dictamen aprobado  queda tipificado como delito de revelación de secretos, “a quien revele divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información, conversaciones o mensajes de texto, imágenes o archivos de voz, contenidos en sistemas o equipos informáticos” (Artículo 211 Bis).

Al artículo 211 se le agrega un capítulo entero dedicado a definir y sancionar el acceso ilícito a sistemas y equipos de informática (también llamado cracking), por el que se establece una pena de entre tres meses y un año de prisión a quien “sin autorización acceda, modifique, destruya o provoque pérdida de información contenida en sistemas o equipos de informática”. La pena se incrementa en dos terceras partes, en caso de que la penetración impida el uso o acceso del sistema afectado.

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El hackeo (o penetración sin daño a un sistema informático) también está contemplado en el mismo artículo 211 para el que aplica “un año de prisión y de cien a ciento cincuenta días de multa al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática no protegidos por algún mecanismo de seguridad”.

Las modificaciones legales establecen también sanciones de hasta tres años de prisión por amenazas e intimidación a través de sistemas digitales  (conocido como cyberbullying)  y el uso de imágenes de otros como forma de chantaje: “al que amenace a otro (...), haciendo uso o empleo de comunicados o mensajes enviados a través de medios o sistemas informáticos o le amenace con divulgar la información, datos o imágenes obtenidos a través del acceso ilícito a dichos medios o sistemas informáticos” (artículo 282 del Código Penal Federal).

Por primera vez se tipifica el acto de contactar víctimas por internet, como ha ocurrido en varias ocasiones: “el empleo de medios informáticos para generar relación de confianza o amistad con la víctima”, según establece la modificación al artículo 205 del Código Penal.

“Hemos tenido buena suerte con esta iniciativa, pues la planteamos en noviembre del año pasado y su dictaminación ha sido rápida, ya que todas las fracciones comprenden que esta ley tendrá efectos positivos para darle identidad a delitos (para) tener una herramienta para juzgar a quienes usan la tecnología para delinquir”, dijo el diputado Pérez-Alonso.

De hecho, la iniciativa se aprobó con 271 votos a favor y nueve en contra. Ahora será enviada a la Cámara de Senadores, donde será revisada.

Todos los delitos informáticos se verían agravados si su propósito es realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita, lo que se conoce como lavado de dinero, según lo que establece el apartado 211 Bis 5.

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