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Multas de 6,000 para fumadores

La persona que fume en zona “libre de humo” también podrá ser sancionada con 36 horas de arrest cualquier persona podrá presentar una denuncia en caso de comprobar que la ley no se cumple.
jue 06 diciembre 2007 04:27 PM
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La nueva ley prohíbe fumar en espacios de acceso al público

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Ley General para el Control del Tabaco, que incluye severas sanciones para los fumadores y establecimientos que no cumplan con esa legislación, crea zonas "libres de humo" y prevé un programa de apoyo para quienes padecen tabaquismo. 

Dicha legislación aprobada en lo general con 328 votos en favor, 35 en contra y 21 abstenciones establece la clausura y multas de hasta 10,000 salarios mínimos para los establecimientos que la infrinjan, así como a las tabacaleras que empleen a menores en la producción de tabaco o realicen publicidad no limitada a adultos. 

La Ley General para el Control del Tabaco, aprobada durante la  sesión ordinaria en el Palacio Legislativo de San Lázaro, crea la figura de "denuncia ciudadana" mediante la cual una persona podrá presentar ante la autoridad correspondiente una denuncia en caso que observe que la ley no se cumple. 

La persona que esté en una zona "libre de humo" y mantenga un cigarro encendido podrá ser sancionada con arresto de 36 horas y una multa de 100 salarios mínimos, unos 6,000 pesos. 

También queda prohibido que las empresas tabacaleras realicen patrocinio de eventos deportivos o de otra índole, que la publicidad y la promoción del tabaco esté dirigida a mayores de edad y que se  empleen incentivos que fomenten la compra de cigarros. 

En tribuna, el presidente de la Comisión de Salud, Héctor Ramírez Barba, del PAN, puntualizó que con esa nueva ley se busca proteger los derechos de los no fumadores y que incluso el próximo año empezará a funcionar la Oficina Nacional para el Control del Tabaco. 

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Esa instancia se encargará de coordinar y supervisar todas las políticas públicas de salud dirigidas a reducir el consumo del tabaco. 

La nueva ley prohíbe fumar en espacios o establecimientos de acceso al público carentes de una zona al aire libre. Tampoco se podrán vender cigarros sueltos en tiendas y para ello habrá un control de la Secretaría de Salud (SSA). 

También prevé una figura denominada "denuncia ciudadana", ya que si una persona se siente agraviada o que se está violentando la ley podrá notificar la situación a la autoridad competente. 

De manera adicional habrá programas que la dependencia instrumentará para sensibilizar a los jóvenes de los males que provoca fumar y se aplicarán sanciones desde económicas hasta arresto por 36 horas y la clausura del negocio que viole la ley. 

El diputado federal Francisco Elizondo Garrido, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), sostuvo que en la nueva legislación se reconocen y respetan los derechos de los no fumadores. 

 Por ello si bien toda persona tiene derecho a fumar, pues no es un delito, debe prevalecer el derecho a la salud por encima de esa práctica. 

Es, apuntó, una ley que reconoce que el tabaquismo afecta en México a millones de mexicanos ya que se estima que en el país se producen más de 60,000 muertes al año relacionadas con ese hábito. 

En tanto el sector público eroga más de 30,000 millones de pesos al año para atender los males derivados del tabaquismo y sólo recauda unos 13,000 millones por concepto de impuestos al tabaco. La ley fue turnada al Senado para su análisis y dictamen.

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