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¿Cómo castigar a los secuestradores?

En marzo de 2007, el presidente Felipe Calderón había propuesto la cadena perpetua; en su iniciativa aseguró que estos delincuentes ya no se pueden reintegrar a la sociedad.
jue 07 agosto 2008 11:22 AM
La sanción prevista por este delito es de prisión de 3 meses

El presidente Felipe Calderón envío en marzo de 2007 una iniciativa de ley para imponer penas más severas a los delincuentes que se dediquen al secuestro, mutilación y asesinato de sus víctimas.

El mandatario reconocía en esa iniciativa que el secuestro ya no sólo afecta a las personas con mayor poder adquisitivo, sino a todos los sectores de la sociedad.

“Los secuestradores han ampliado su ámbito de acción al exigir cantidades de dinero moderadas, con la pretensión de obtenerlas en un plazo reducido”, advertía el Proyecto de Decreto que Reforma los Artículos 25 y 366 del Código Penal Federal, que recibió el Senado el 13 de marzo de 2007.

Este jueves enviará también un nuevo proyecto de ley a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, pero para que se turne a la Cámara de Diputados.

El proyecto de ley preveía mayores penas de prisión, hasta la cadena perpetua y mayores sanciones económicas:

1. Propone reformar el artículo 25 del Código Penal Federal para ampliar la pena máxima de prisión de 70 años a cadena perpetua.

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La presidencia propuso la pena de prisión vitalicia a aquellos secuestradores que sean o hayan sido integrantes de instituciones de seguridad pública; pretendan trasladar a un menor de edad al extranjero con fines de lucro; ejecuten el acto en contra de una mujer, un menor de edad, una persona incapaz o un mayor de sesenta años, o lesionen gravemente o priven de la vida a la víctima.

Agregó que la cadena perpetua no cambia el carácter o naturaleza de la pena de prisión, sino tan sólo extiende su duración, a fin de asegurar que el secuestrador que comete una acción tan aberrante como la mutilación o la privación de la vida, no pueda  salir libre.

2. En la fracción III del citado artículo, se dispone la aplicación de 25 años de prisión a prisión vitalicia y de cuatro a ocho mil días multa, a los traficantes de personas que secuestren a un menor de edad fuera de territorio nacional, con el fin de obtener un provecho económico por la venta o entrega del menor.

3. A fin de hacer frente a los secuestradores que privan de la vida a sus víctimas, se propone adicionar una fracción V que prevea una pena de cuarenta años de prisión a prisión vitalicia y de seis a 12,000 días multa.

4 Por último, se sugiere eliminar los beneficios para quienes liberen, en forma espontánea a sus víctimas, a fin de prever penas más consistentes con las que se proponen en este Decreto.

Conoce cómo afecta la industria del secuestro a México.

 

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