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Televisa ´libra´ sanción del IFE

El Consejo General decidió declarar infundado el procedimiento sancionador contra la empresa; el órgano rechazó aplicar a la televisora la multa de 4 millones 180 pesos por no transmitir spots.
sáb 14 marzo 2009 01:41 AM

El Consejo General del IFE decidió declarar infundado el procedimiento administrativo sancionador contra la empresa Televisa por no transmitir de la manera que se esperaba los spots de precampaña el 31 de enero y 1 de febrero pasados.

Con cinco votos en contra y sólo tres en favor del proyecto presentado por el secretario ejecutivo, el órgano decidió no aplicar a la televisora una multa de 4 millones 180 pesos por no transmitir como se preveía dichos promocionales.

Durante la sesión ordinaria de este viernes, los consejeros electorales María Macarita Elizondo, Marco Antonio Gómez, Francisco Javier Guerrero, Arturo Sánchez y Marco Antonio Baños decidieron votar en contra del procedimiento.

Mientras, los consejeros Alfredo Figueroa, Virgilio Andrade y Leonardo Valdés Zurita consideraron que la televisora había alterado de forma injustificada el orden de transmisión de los spots, lo que implicó además la manipulación de los mensajes no transmitidos como se esperaba pues se distorsionó el sentido original de la propaganda.

Durante más de tres horas la discusión se centró en si la empresa había violado el Artículo 350 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) inciso D, donde se establece la manipulación de la propaganda.

Al respecto el consejero presidente, Leonardo Valdés, expuso que Televisa alteró de forma injustificada el orden de transmisión de las cápsulas pues en lugar de transmitir en 18 horas diferentes los spots los difundió en sólo dos bloques marcados por cortinillas.

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Esa situación implica la manipulación de los mensajes según lo marcado por la pauta, que tuvo como objetivo "que se distorsionara el sentido original de la propaganda electoral y darle una connotación negativa" .

En su participación el consejero Alfredo Figueroa explicó que la televisora manipuló en esos dos días la propaganda electoral a través de la transmisión en bloque de la totalidad de los promocionales pautados por hora en los términos señalados, así como con el uso de la cortinilla al inicio de cada bloque.

"Las conductas de Televisa constituyen un acto de manipulación de la propaganda electoral de los partidos políticos porque operó e intervino indebidamente y por cuenta propia en la difusión de la propaganda electoral de los partidos y de la propia autoridad", dijo.

Con ello, precisó, "no permitió que se cumplieran con sus finalidades constitucionales y legales que son promover en el caso de la autoridad electoral y obtener en caso partidos políticos el voto".

Al defender su negativa a la aprobación del proyecto, la consejera María Macarita Elizondo indicó que no existe evidencia que confirme que los mensajes y la propaganda electoral y los programas de partidos políticos fueron manipulados o superpuestos, pues se transmitieron como fueron entregadas a los concesionarios.

Señaló que para que la empresa sea sancionada se requiere que su conducta o acción haya cumplido con el fin de alterar o distorsionar el sentido original de los mensajes o denigrar instituciones o partidos políticos.

"Se puede pensar que la forma en que se hicieron las transmisiones no fue la usual, incluso habrá quienes pudieran decir que la interrupción de programas y transmisión de cortinillas fue inoportuna, impertinente e inadecuada" .

Sin embargo, opinó, no es sancionable pues no está prevista en la legislación, por lo que "tenemos que ajustarnos sobre todo en materia sancionadora a los referidos principios de legalidad y de certeza".

A esa postura se sumó el consejero electoral Francisco Javier Guerrero, quien indicó que la conducta realizada por el concesionario "no existe prevista y sancionada en la norma (...), por lo tanto no había para el concesionario la obligación de no haber realizado la conducta que realizó".

No obstante admitió que en la transmisión de dichos promocionales por parte de la televisora "observamos conductas que no solamente no esperábamos, sino que a todas luces resultaron atípicas, molestas según muchas voces" , tanto para partidos como autoridades electorales.

En su oportunidad el consejero Virgilio Andrade apoyó la tesis de que la televisora incurrió en la manipulación de la propaganda al realizar la agrupación en bloque, acumular distintos spots en dos horas diferentes, el encadenamiento de distintos canales y la presentación y uso de las cortinillas.

"Propició que la propaganda perdiera su sentido original, de tal suerte que se generara por el impacto masivo que tiene la televisión una predisposición colectiva de rechazo al proceso electoral, adicional al juicio original y genuino que pudiesen haber hecho los ciudadanos, las personas, por su libre opinión de los promocionales" .

Al respecto el consejero Arturo Sánchez consideró que la empresa no manipuló los promocionales al transmitirlos en bloque e integrar la cortinilla, pues en ninguna parte de la norma electoral se específica que eso no se puede hacer, por lo que se sumó a la negativa de declarar fundado el procedimiento sancionador.

 

 

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