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Corte desecha controversia contra LyFC

La SCJN consideró inviable el recurso promovido por ALDF contra la extinción de la compañía. legisladores impugnaron el decreto que liquidó a Luz y Fuerza del Centro.
mar 10 noviembre 2009 09:57 PM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por improcedente la controversia constitucional que promovieron diputados capitalinos contra el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC).  

El ministro instructor del caso, José Ramón Cossío Díaz, resolvió que la controversia constitucional es manifiesta e indudablemente improcedente, debido a la falta de interés legítimo de los integrantes de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).   

Los legisladores locales impugnaron el decreto que liquidó LyFC, así como el "desalojo, ocupación y permanencia ilegal de las fuerzas federales" en las instalaciones de la extinta paraestatal.  

Sin embargo, Cossío Díaz determinó que "en el caso existe un motivo manifiesto e indudable de improcedencia que da lugar a desechar de plano la controversia constitucional planteada".  

Resolvió que es jurídicamente "inadmisible" que el Distrito Federal o su Asamblea Legislativa asuman la defensa de un organismo descentralizado de la administración pública federal.  

El ministro instructor subrayó que la falta de interés legítimo de los promoventes se sustenta en la Fracción 8 del Artículo 19 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones 1 y 2 del Artículo 105 de la  Constitución.  

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Añadió que el decreto que se impugnó no afecta de ninguna manera la competencia y las atribuciones que la Constitución le otorga al Distrito Federal, pues en ésta solamente tienen intervención el Poder Ejecutivo federal y el Congreso de la Unión.  

José Ramón Cossío puntualizó que en la demanda no se presentó ningún argumento sobre la violación al Artículo 122 de la Constitución ni al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, que son los órdenes normativos que se refieren a las competencias que le correspondería proteger a la ALDF.  

El integrante del máximo tribunal del país consideró que es evidente la inviabilidad del recurso y por lo tanto no es necesario un estudio de fondo para determinarlo.  

Los diputados locales pueden promover un recurso de reclamación  contra la decisión de Cossío Díaz para que el pleno de la Suprema Corte resuelva si confirma o revoca la decisión.

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