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Hoy no circula, 27 de febrero: ¿quién no sale mañana por contingencia ambiental?

La CAMe activó la primera contingencia de 2025, por lo que estos carros no circulan mañana.
mié 26 febrero 2025 06:29 PM
hoy no circula 27 de febrero
CIUDAD DE MÉXICO, 11MARZO2024.- El día de hoy los automóviles con engomado color amarillo, terminación de placas 5 y 6, y que tengan el holograma 1 o 2 deberán quedarse guardados en casa debido al programa Hoy No Circula, en todos los municipios del Estado de México, así como en las 16 alcaldías de la Ciudad de México. FOTO: GRACIELA LÓPEZ /CUARTOSCURO.COM

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó este miércoles por la tarde que se activa la fase 1 de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la Ciudad de México y Zona Metropolitana del Valle de México.

Te decimos como queda el programa Hoy no Circula para este jueves 27 de febrero de 2025.

Lee más: Se activa la primera contingencia ambiental de 2025

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¿Cómo queda el Hoy no circula?

Mañana jueves 27 de febrero, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 4, 6, 8 y 0.

3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado verde, terminación de placa 1 y 2.

4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.

5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.

7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.

- Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color verde y terminación de placa 1 y 2.

- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.

- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.

- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.

- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.

- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente. Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.

- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).

- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.

- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.

- Las motocicletas están exentas de la Fase I

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