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CFE, descartado como patrón sustituto

Un juez dictó que ni la CFE ni el SAE pueden ser patrones sustitutos de los ex trabajadores del SME; el fallo niega al sindicato el amparo contra la decisión de desechar su llamado a huelga contra...
vie 20 agosto 2010 05:38 PM

El juez sexto de Distrito en materia laboral del Distrito Federal concluyó que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) no pueden ser considerados como patrones sustitutos de los ex trabajadores del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).

El fallo que niega al SME el amparo contra la decisión de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) de desechar su emplazamiento a huelga contra la LFC fue dado a conocer por la Secretaría de Trabajo.

Esta dependencia federal dijo que con esa determinación queda justificada la actuación de la JFCA, porque las obligaciones laborales concluyeron con la extinción de LFC.

Resaltó que en su resolución, el juez consideró que ante la extinción de LFC, la empresa desapareció de la vida jurídica y sólo conservó su personalidad para los efectos de su liquidación, pero ni el SAE ni la CFE pueden ser considerados como patrones sustitutos de los ex trabajadores del SME.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) refirió que el Sindicato Mexicano de Electricistas promovió dicho juicio de amparo contra la JFCA, sin embargo, con la negación del juez de distrito se avala la actuación de la autoridad laboral.

Recordó que en febrero pasado el SME presentó ante la JFCA un pliego de peticiones con emplazamiento a huelga dirigido a LFC, el SAE y la CFE, a los que exigía la revisión del contrato colectivo de trabajo 2010-2012 y atribuía a las dos últimas el carácter de patrón sustituto.

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La CFE tampoco puede ser considerada patrón sustituto ya que, en virtud del Decreto de Extinción de LFC, no hubo transmisión de los bienes de Luz y Fuerza ni se continuó ininterrumpidamente con las actividades, por lo que no se dan los supuestos de la Ley Federal del Trabajo ni de la Jurisprudencia para ello, concluyó.

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