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Nueva norma de etiquetado entra en vigor

Los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados deberán incluir el detalle de sus nutrientes; la industria contó con nueve meses para ofrecer al público mexicano la información exigida.
jue 06 enero 2011 04:06 PM
La inflación subyacente subió 0.29% en octubre. (Foto: Jupiter Images)
inflacion-precios-comida-productos-JI.jpg (Foto: Jupiter Images)

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) informó que entró en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM) que dispone un nuevo etiquetado en los alimentos y bebidas industrializados y la obligatoriedad de dar información de nutrientes, en beneficio del consumidor para proteger su salud.

En un comunicado, el organismo de la Secretaría de Salud (SSA) destacó que la industria de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas dispuso de nueve meses para cambiar el etiquetado y proporcionar al público toda la información comercial y sanitaria.

"La Cofepris informa que entró en vigor la NOM 051-SCFI/SSA 1-2010, que rige las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, con el fin de proporcionar más información sanitaria y comercial a los consumidores", precisó el documento.

Esta nueva normatividad que publicaron conjuntamente las secretarías de Salud (SSA) y Economía (SE) hace nueve meses en el Diario Oficial de la Federación se alinea con los estándares internacionales para proteger a los consumidores e incrementar la competitividad y la productividad de las empresas.

Esta NOM 051 no aplica a los productos a granel ni a los empacados en punto de venta, tampoco a los suplementos alimenticios. La vigilancia sanitaria de estas disposiciones corresponde a la Cofepris.

Se indicó que la armonización de la norma con estándares internacionales y leyes nacionales vigentes es un paso más del Gobierno Federal en la construcción de un marco normativo que protege a los ciudadanos y al mismo tiempo reduce costos a las empresas en el cumplimiento de la regulación.

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Dentro de la información sanitaria de mayor relevancia que deberán contener las etiquetas destacan: lista de ingredientes, identificación de lote, fecha de caducidad o consumo preferente, información nutrimental y declaración de propiedades.

De las novedades de esta nueva disposición para los fabricantes nacionales y extranjeros está la lista de ingredientes, pues deben señalar si alguno de ellos causa hipersensibilidad, intolerancia o alergia en el caso de cereales que contienen gluten, crustáceos, pescados, huevo, cacahuate, nueces de árboles o sulfitos.

"Con esta nueva Norma todos los productos deberán ostentar alguna de estas dos formas de manera obligatoria (excepto vinagre, sal, azúcar, goma de mascar y algunos productos de confitería)", precisó el comunicado.

Con relación a la información nutrimental se hace obligatoria la declaración de esta información, por lo que debe incluir varias definiciones sobre declaraciones de propiedades nutrimentales y saludables (claims).

Las etiquetas también deben contener valores nutrimentales de referencia como es la ingesta diaria recomendada, y deberán estar actualizados los valores nutrimentales de referencia, de acuerdo con lo publicado por el Instituto Nacional de Nutrición, mientras se incluye como declaración obligatoria a la fibra dietética.

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