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Cuba regula manejo particular de divisas

El Banco Central fijó en 5,000 dólares la cifra que las personas naturales pueden exportar al salir; la entidad podrá autorizar sumas superiores previa acreditación de su lícita adquisición.
mar 20 marzo 2012 03:25 PM
La importación de MLC por personas naturales es libre en efectivo, cheques u otros medios usados en la práctica bancaria internacional. (Foto: AP)
che (Foto: AP)

El Banco Central de Cuba (BCC) dictó nuevas regulaciones para la importación y exportación por personas naturales de moneda libremente convertible (MLC) en un intento por estimular la captación de divisas. A la vez, fijó en 5,000 dólares o su equivalente la cifra de "moneda dura" que pueden exportar, indicaron dos resoluciones en vigor desde el pasado 17 de marzo, al publicarse en la Gaceta Oficial.

Las normativas también autorizan a los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y a los extranjeros residentes permanentes a exportar e importar a su salida o entrada a Cuba sumas que no excedan los 2,000 pesos cubanos (CUP), aunque prohíben la exportación del medio de pago denominado peso convertible (divisa local que vale 24 veces más que el CUP), así como la exportación de pesos cubanos mediante envíos sin carácter comercial.

Las medidas coinciden con reportes en Londres de que el oro está bajando ante la fortaleza del dólar, que se beneficiaba de la creciente opinión en el mercado de que la economía estadounidense está mejorando.

Según las normas, la importación de MLC por personas naturales es libre, en efectivo, cheques u otros medios de pago utilizados en la práctica bancaria internacional.

Quienes a su entrada al territorio nacional traigan más de 5,000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC en efectivo, deberán declararlo ante los funcionarios de la Aduana General de la República.

Al salir del país las personas naturales pueden exportar libremente sólo hasta 5,000 dólares estadounidenses o su equivalente en otras MLC en efectivo o mediante cheques u otros medios de pago utilizados en la práctica bancaria internacional.

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Sin embargo, el presidente del BCC podrá autorizar a quienes soliciten exportar sumas superiores a las mencionadas, previa presentación por el interesado de documentos que acrediten su lícita adquisición.

Las resoluciones también autorizan a los extranjeros residentes temporales en el país con permiso de trabajo que perciban ingresos en MLC a remesar vía bancaria ese tipo de moneda al exterior.

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