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Deberle al SAT puede ‘congelar’ tu vida

El fisco cae en excesos ocasionalmente al confiscar cuentas y bienes, lamentan especialistas; el embargo distrae recursos de las empresas y afecta los negocios, advierten.
lun 02 abril 2012 06:03 AM
No pagar impuestos a tiempo y en forma te puede generar dolores de cabeza con el SAT.  (Foto: Thinkstock.)
pago impuestos (Foto: Thinkstock.)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplica las herramientas a su disposición para tener una mayor recaudación y recuperar adeudos, dijeron fiscalistas, por lo que recomiendan a los contribuyentes cumplir con su obligación parta evitar llegar al extremo de que embargue sus cuentas bancarias y bienes.

"El embargo de cuentas, lejos de presionar para el cumplimiento fiscal, en ocasiones tiene un costo muy alto", destacó Rubén Dávalos, socio de la práctica de Impuestos Corporativos y Legal de la firma de consultoría KPMG México.

Pedro Carreón, Socio de Impuestos de la firma consultora PwC, consideró que el embargo de cuentas es todo un detalle, porque en ocasiones la autoridad exagera en compañías ya establecidas que difícilmente se van a escapar o van a huir sin pagar impuestos.

Por su parte, el vocero del SAT, Pedro Canabal Hermida , advirtió que "nadie debe financiarse del fisco, porque no está diseñado para eso y es una consecuencia que se tiene que pagar".

Normalmente en este tipo de situaciones se dan extremos, indicó Carlos Cárdenas Guzmán, vicepresidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP). "Hemos visto que algunas oficinas del SAT se exceden en sus funciones y llevan a cabo embargos que no debían efectuarse, incluso ha habido más de un caso de desacato, de resoluciones de jueces", aseguró.

Por ello, puntualizó que el IMCP busca con la autoridad encontrar un justo equilibrio. Por un lado, "le hemos demandando al SAT que recaude lo que tenga que recaudar y para que eso sea posible requiere tener los instrumentos, y si embarga cuentas tenemos que apoyar".

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Es la única forma que el SAT efectivamente cobre lo que tiene que cobrar, indicó Cárdenas Guzmán, pero también se han presentado casos de excesos. "Buscamos que se logre un equilibrio entre los contribuyentes morosos y aquellos que no estén en esa situación, para que no se incurra en extremos", resaltó.

Congelar las cuentas de una empresa en operación es muy delicado, "es igual a lo que le pegaría a una persona física que de repente no pueda disponer de sus cuentas, chequeras y le paralizan la vida, así menos pagan", subrayó el vicepresidente del IMCP.

"Como instituto estamos de acuerdo que en los casos  de contribuyentes que están en situaciones extremas sí se les apliquen estas disposiciones, pero también estamos impulsando que se evite que haya excesos en la aplicación de esta medida".

Para Pedro Carreón de PwC, el problema que puede estar enfrentando el contribuyente es la aplicación demasiado estricta de la ley, y que un gasto que de veras es válido sea rechazado por la autoridad por un formalismo.

"Esa situación sí puede ser bastante desfavorable, porque van a orillar a las empresas a descapitalizarse y el recursos que iban a utilizar para crear más empleos o aumentar la inversión o la producción de la compañía se irá al fisco y el uso que da el gobierno no es necesariamente el que pudiera dar una empresa".

El juicio es un derecho que tiene el contribuyente para hacer valer lo que considera que está siendo menoscabado por la autoridad y, a su vez, la autoridad tiene la posibilidad de embargar cuentas o hacer otras acciones para asegurarse del adecuado cumplimiento de las leyes por parte de los contribuyentes, agregó Rubén Dávalos socio de la práctica de impuestos corporativos y legal de la firma de consultoría KPMG México.

El contribuyente debe cumplir con sus obligaciones, mencionó Víctor Raúl Esquivel, director del Departamento de Contabilidad y Negocios Internacionales en el Tecnológico de Monterrey Campus Toluca.

Esquivel recomienda que la persona tenga una cuenta de cheques para toda la actividad profesional y el remanente de la primera canalizarlo a una cuenta personal ya que "no embargan la cuenta en la se realizan las mis operaciones personales, así se puede disponer de los recursos de manera libre".

Sugiere también que el contribuyente realice transferencias electrónicas entre sus cuentas y no hacer depósitos en efectivo, porque pagaría el Impuesto sobre Depósitos en Efectivo (IDE) y "si hace transferencias entre cuentas no paga impuestos".

La autoridad eventualmente puede cuestionarle al contribuyente sobre esa cuenta personal, pero "no está sujeta a una fiscalización porque es producto de los remanentes que en principio pagaron impuestos".

 

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