Hacienda ajustará las tarifas eléctricas
Para evitar variaciones considerables en el cobro de la luz, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) podrá modificar las tarifas que rigen la venta de energía eléctrica en el país, informó este miércoles la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).
La dependencia reconoce que es necesario contar con un esquema tarifario que refleje -con mayor precisión en la facturación de los usuarios- el cambio en el consumo eléctrico, a fin de simplificar la aplicación del esquema actual de las tarifas para uso doméstico.
Esta simplificación reducirá significativamente la variabilidad en la facturación de los usuarios con consumos medios, dándoles estabilidad en su factura, indicó la SHCP en la solicitud de ajuste que envió a ese organismo regulatorio, misma que fue ya aprobada y está en espera de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación.
La SHCP indicó que la estructura vigente de las tarifas eléctricas del sector doméstico contiene cargos que se aplican de manera retroactiva a los usuarios de este servicio, debido a los incrementos sustanciales en las tarifas que se presenta cuando el usuario consume una mayor cantidad de kilowatts que los incluidos en el nivel de consumo intermedio.
Actualmente existen ocho tarifas para uso doméstico, siete de las cuales se aplican a distintas regiones del país y se diferencian de acuerdo a la época del año en que se encuentran (verano y fuera de verano) y nivel de consumo.
A manera de ejemplo, la SHCP refiere que conforme al esquema actual un usuario en la tarifa 1 y que consume 140 kilowatts por mes paga un recibo de 112 pesos, mientras que si consume 141 kilowatts debe pagar 157 pesos.
Categoría 1: Consumo de 0 a 280 kilowatts por bimestre
Nivel de Consumo
|
Tarifa
|
Rango
|
Consumo Básico
|
$0.721 kwh
|
Por cada uno de los primeros 150 kwh
|
Consumo intermedio
|
$0.870 kwh
|
Por cada kwh adicional a los anteriores
|
Categoría 2: Consumo de 281 a 500 kilowatts por bimestre:
Nivel de Consumo
|
Tarifa
|
Rango
|
Consumo Básico
|
$0.721 kwh
|
Por cada uno de los primeros 150kwh
|
Consumo intermedio
|
$1.205 kwh
|
Por cada uno de los siguientes 100 kwh
|
Consumo excedente
|
$2.545 kwh
|
Por cada kilowatt adicional a los anteriores
|
De esa forma, el pago por bimestre resulta de:
Consumo bimestral
|
Importe (sin IVA)
|
Descripción
|
280 kilowatts
|
$221.25 pesos
|
El usuario se encuentra en la categoría 1
|
281 kilowatts
|
$307.55 pesos
|
El usuario se encuentra en la categoría 2
|
De acuerdo con el planteamiento de Hacienda aprobado por la Cofemer, se pretende simplificar la estructura tarifaria actual del sector doméstico, a fin de reducir significativamente la variabilidad en la facturación de los usuarios con consumos medios.
Para ello, la regulación propone que se que se unifiquen las dos categorías existentes de cada tarifa tanto en la temporada de verano como fuera de verano.
Esto resultaría en las siguientes tarifas (de verano):
Nivel de Consumo
|
Tarifa (mensual)
|
Rango
|
Consumo Básico
|
$0.667 kwh
|
Por cada uno de los primeros 100 kwh
|
Consumo Intermedio
|
$0.769
|
Por cada uno de los siguientes 50 kwh
|
Consumo excedente
|
$2.655
|
Por cada kilowatt adicional a los anteriores.
|
De esta forma, el pago por bimestre sería de:
Consumo bimestral
|
Importe (sin IVA)
|
280 kilowatts
|
$ 194.92 pesos
|
281 kilowatts
|
$ 195.689
|
FUENTE: CNNExpansión, con datos de Hacienda, Cofemer y Profeco
Así, la variabilidad en el precio al pasar de un nivel de consumo a otro mayor se reduce mediante la implementación de la propuesta regulatoria, beneficiándose de esta forma a los usuarios de energía eléctrica con consumos medios.
Los efectos de la regulación propuesta, de acuerdo con Cofemer, tienen como finalidad evitar la variabilidad que presentan las facturas de los usuarios al consumir una mayor cantidad de kilowatts que la establecida en el consumo intermedio.
Aclara que este anteproyecto, cuyo siguiente paso será publicarse en el Diario Oficial de la Federación, no establece obligación o trámite alguno, no restringe derechos o prestaciones y, por ende, no genera costos de cumplimiento para los particulares.