La Profeco afina revisión de publicidad
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que establece los lineamientos para el análisis y verificación de la información y publicidad en productos y servicios. Este acuerdo establece los criterios que debe seguir el organismo al analizar y verificar la información para proteger a los consumidores de publicidad o información engañosa o abusiva que refiere características o información de algún bien, producto o servicio que pudieran o no ser verdaderas.
Refiere características o información que inducen al error o confusión al consumidor por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta la información o publicidad que compare productos o servicios, ya sean de una misma marca o de distinta.
Detalla que la Procuraduría emitirá lineamientos para el análisis y verificación de dicha información para evitar que se induzca a confusión al consumidor y para ello considerará el contexto temporal en que se da a conocer, el momento en que se transmite respecto de otros contenidos difundidos en el mismo medio y las circunstancias económicas o especiales del mercado.
Entre otras disposiciones, la Profeco precisa que podrá analizar y verificar la información o publicidad relacionada sobre cualquier tipo de bienes, productos o servicios, excepto aquellos servicios que se presten en virtud de una relación o contrato de trabajo, servicios profesionales que no sean de carácter mercantil.
Tampoco aquellos servicios que presten las sociedades de información crediticia, y servicios regulados por las leyes financieras que prestan las instituciones.
La Procuraduría vigilará que la publicidad o información de los bienes, productos o servicios que se difunda sea veraz, comprobable y exenta de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión.
Asimismo, este organismo vigilará que la información relativa a los diferentes bienes, productos o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en otras disposiciones legales o administrativas de carácter general en materia de información comercial, no induzca al error o confusión.
De acuerdo con el documento, la actuación de esta instancia gubernamental deberá estar orientada a proteger a la población vulnerable como niños, ancianos y enfermos.
Este acuerdo entrará en vigor a los 30 días naturales siguientes a partir de este martes y la Profeco contará con un plazo de 60 días naturales, contados a partir de la publicación del presente acuerdo, para crear mecanismos de participación ciudadana.