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SCJN regula libertad para fijar tarifas

El tribunal acepta un margen para que los operadores telefónicos acuerden precios de interconexión; sin embargo, ratifica la facultad de Cofetel para determinar tarifas cuando no se logren convenios.
mar 23 octubre 2012 02:53 PM
Los ministros de la Suprema Corte continuarán el jueves próximo con la discusión de cómo se deben cobrar las tarifas de interconexión. (Foto: Getty Images)
interconexion

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) limitó este martes la libertad tarifaria en materia de interconexión telefónica , pero aún permitirá que los operadores convengan el cobro sin necesidad de que la autoridad lo dictamine, incluso existiendo un acuerdo. El proyecto del ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia planteó que no existía una libertad para fijar los costos que se cobran los operadores para cursar llamadas de una red a otra, pero decidió cambiar su redacción para homologarla con el proyecto de su colega Luis María Aguilar Morales.

Por unanimidad de votos, los ministros de la Corte aprobaron la propuesta, que deberá modificarse para expresar que, si bien existe la libertad tarifaria, ésta no es absoluta, pues cuando no se convenga el cobro de la interconexión, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) lo determinará.

Los ministros decidieron suprimir del proyecto del ministro Ortiz Mayagoitia este enunciado:

"Luego, es inconcluso que la libertad tarifaria únicamente opera respecto de las tarifas de los servicios de telecomunicaciones que los concesionarios y los permisionarios ofrecen a los usuarios, no así por lo que se refiere a las tarifas que un concesionario debe cubrir a otro por la prestación del servicio de interconexión".

La propuesta es que se "atemperen" las afirmaciones en el proyecto para aclarar que existe una libertad tarifaria, pero "no absoluta", expresó Ortiz Mayagoitia.

"Lo que resolvió la Corte el día de hoy fueron tres temas: el primero de ellos es que el presidente de la Cofetel tiene facultades para emitir acuerdos de trámite, la segunda de ellas es que a la hora de que la Cofetel nombra un perito, éste no es parcial, como alegaba una de las partes", expresó Manuel McFarland, jefe de la unidad de Verificación y Supervisión del organismo regulador.

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Detalló que el tercer tema se refiere a la propuesta para homologar los proyectos que se discuten en el Pleno de la Cofetel sobre la libertad tarifaria.

Los ministros continuarán el jueves la discusión de las demás consideraciones del caso, esta vez enfocándose a la definición de cómo se deben cobrar las tarifas de interconexión.

Este lunes, la Corte ratificó las facultades de la Cofetel en materia de tarifas de interconexión telefónica.

Con un voto unánime, los ministros acordaron validar el artículo 9-A, fracción X, de la Ley Federal de Telecomunicaciones, donde se atribuye a la comisión el poder para "promover y vigilar la eficiente e interconexión de los equipos y redes públicas de telecomunicaciones, incluyendo la que se realice con redes  extranjeras, y determinar las  condiciones que, en materia de interconexión, no hayan podido convenirse entre los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones".

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