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Banca, en desacuerdo con Ley de Amparo

Descartó que como gremio se vaya a presentar una acción legal contra los cambios aprobados; el amparo es una figura que ha servido para defender a particulares de arbitrariedades del Estado.
mié 13 febrero 2013 09:04 PM
Aunque el número de decisiones a favor son menores a los rechazos, un solo amparo puede frenar todo un proceso, critica la OCDE. (Foto: Thinkstock)
amparo telmex telcel ocde (Foto: Thinkstock)

La ABM calificó como un acto arbitrario la modificación al artículo 129 fracción XI de la Ley de Amparo, aunque descartó que como gremio se vaya a presentar una acción legal contra el cambio.

De acuerdo con lo aprobado el martes por la Cámara de Diputados , con esta modificación se elimina la suspensión provisional, es decir, que en lo que decide el juez sobre el amparo, los particulares ya no podrán tener derecho a la suspensión del acto reclamado.

El presidente Ejecutivo de la ABM, Luis Robles Miaja, dijo que se entiende muy bien la necesidad de que la autoridad cuente con herramientas legales suficientes para poder intervenir o en su caso prevenir la quiebra de un banco, dado lo sensible que es una quiebra y más cuando es un banco sistémico.

Sin embargo, dijo que eliminar la suspensión dentro del amparo no es la mejor opción, ya que hoy en día existen elementos suficientes para hacer frente a una situación de este tipo.

"Al eliminar la suspensión se elimina el elemento fundamental del amparo, que es la suspensión, que es un elemento que va a costar mayores perjuicios cuando esta intervención o quiebra fuera un acto arbitrario del Estado", manifestó.

Destacó que el amparo es una figura que ha servido para defender a los particulares d e arbitrariedades del Estado y en ese sentido la posición de la ABM, refirió, es clara.

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Robles Miaja subrayó que aun cuando no se esté de acuerdo, la ABM como gremio no realizará o presentará un acto legal en contra de las modificaciones, por lo que será decisión de cada banco "aunque no se ven muchos caminos". Aclaró que con la entrada en vigor y de llegar a darse una intervención bancaria o quiebra, los ahorros de los clientes están garantizados por el seguro de depósitos en administración del Instituto de Protección al Ahorro (IPAB).

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