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Multas antilavado serán publicadas

141 sanciones que fueron reservadas por la Comisión Bancaria, deberán publicarse, ordenó el IFAI; los expedientes fueron negados a un particular, bajo el argumento de ser información clasificada.
lun 25 marzo 2013 03:52 PM
Se difundirán las sanciones antilavado impuestas a financieras de 1997 al 2012. (Foto: Getty Images)
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La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) deberá dar a conocer, en versión pública, los 141 expedientes con las multas que se impusieron a entidades financieras que incumplieron con la normativa de prevención de lavado de dinero , entre 1997 y junio de 2012. Así lo instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) luego que un particular solicitara esa información y recibiera como primera respuesta que las multas y sanciones impuestas entre esas fechas constituyen información clasificada.

Ante ello, el IFAI informó en un comunicado que el particular presentó un recurso de revisión ante el instituto, que fue turnado a la comisionada Jacqueline Peschard, en el que manifestó su inconformidad por la reserva y confidencialidad invocada por la CNBV.

En alegatos, precisó el IFAI, el sujeto obligado reiteró la clasificación y, de manera posterior, indicó que la respuesta que atendería la solicitud de acceso se conforma por 141 expedientes que cuyas multas ya están firmes y 13 más que aún están en trámite.

En el análisis jurídico del caso, la comisionada Peschard expuso que los 13 expedientes que tienen procedimientos administrativos pendientes de resolución no son susceptibles de acceso en tanto que las multas impuestas aún no están firmes.

Sin embargo, en el caso de los 141 expedientes relativos a procedimientos de imposición de sanción en los que las multas impuestas ya quedaron firmes, se advierte que, contrario a lo argumentado por la CNBV, no se pueden considerar de forma genérica como confidenciales.

Ello, en virtud de que se originaron a partir del ejercicio de facultades expresas a cargo de la CNBV para supervisar a las entidades financieras e imponer sanciones cuando se acredite el incumplimiento del marco normativo aplicable.

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De esta forma, resultó necesario diferenciar la diversidad de información que está contenida en esos expedientes, señaló la comisionada.

En ese sentido dijo que se advirtió que dentro de dichos expedientes puede obrar información respecto de la cual los clientes y usuarios -personas físicas y morales- tienen derecho a que se considere como confidencial, con fundamento en el Artículo 18, fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Por tanto, la información que obre en los 141 expedientes que permita identificar y relacionar a los clientes y usuarios con su patrimonio y manejo del mismo, no sería susceptible de entrega.

De esta forma, el pleno del IFAI instruyó a la CNBV poner a disposición del solicitante, previo pago de los costos correspondientes, versión pública de esos 141 expedientes, en los que sólo se teste aquella información que haga identificable a los clientes personas físicas o morales de las entidades financieras y de aquella información que dé cuenta del sistema operativo de las entidades financieras.

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