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Enrique Peña propone elevar pago de ISR

El Gobierno descarta gravar con IVA a los alimentos y medicinas en su plan de Reforma Hacendaria; pretende elevar a 32% la tasa de ISR, así como subir el impuesto a chicles y bebidas azucaradas.
dom 08 septiembre 2013 07:06 PM
El Gobierno federal presentará su primer informe de Gobierno en un contexto de desaceleración económica. (Foto: Cuartoscuro)
peña videgaray

El Gobierno de Enrique Peña Nieto descartó gravar con IVA a alimentos y medicinas en su iniciativa de Reforma Hacendaria, sin embargo sí sugiere elevar la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 30% a 32% para personas físicas y gravar con un 10% las ganancias en Bolsa y dividendos.

El mandatario también propone eliminar los tratamientos excepcionales del IVA más regresivos y homologar la tasa fronteriza con la del resto del país. En congruencia con los ingresos estimados en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, en caso de aprobarse el conjunto de medidas en materia del IVA, se obtendrían recursos adicionales equivalentes a aproximadamente 54,000 millones de pesos. 

El Gobierno prevé que la reforma tenga un impacto fiscal de 1.4 puntos porcentuales del Producto Interno Bruto (PIB) en los ingresos públicos en 2014. En un mensaje desde la Residencia Oficial de Los Pinos, el presidente también indicó que buscará gravar a las bebidas azucaradas y crear un seguro de desempleo en el país, además de una pensión universal. 

Algunos puntos importantes en materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) son:

1.- Exentar la enajenación de casa habitación del IVA. Ello implica que la enajenación de propiedades de alto valor, que son las adquiridas por la población de más altos ingresos en el país, se beneficien de la medida, lo cual implica que los hogares de mayores ingresos absorban la mayor parte de la renuncia recaudatoria que implica mantener la exención. 2.- Se propone eliminar la exención en el IVA a los servicios de educación. Esta medida se plantea considerando que el 39% del gasto corriente monetario en educación de los hogares se concentra en el 10% de los hogares de mayores ingresos, mientras que sólo 1.5% corresponde al 10% de los hogares de menores ingresos.

3.- Se propone eliminar la exención al servicio de transporte público foráneo de pasajeros. Por otro lado, el trasporte público terrestre de personas, prestado exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas, se estima que debe permanecer exento en todas sus modalidades, incluyendo al servicio ferroviario.

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4.- Se propone limitar la exención a los espectáculos públicos solo al Teatro y Circo y gravar con el IVA a los demás espectáculos, ya que constituyen una fuente de ingresos generalmente patrocinado y, en mayor medida, por consorcios empresariales que dominan el medio del entretenimiento.

5.- Permitir a las entidades federativas gravar los espectáculos distintos al cine.

6.- Se plantea aplicar IVA a chicles o gomas de mascar. Para efectos del IVA no deben estar afectos a la tasa del 0% que se aplica en la enajenación de los productos destinados a la alimentación, toda vez que por sus características no son productos que se destinen a dicho fin.

7.- Con el fin de eliminar el tratamiento de tasa del 0% que prevé la Ley del IVA en la enajenación alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar, ya que se trata de alimentos que evidentemente no están destinados al consumo humano y, por otra parte, quienes adquieren estos bienes reflejan capacidad contributiva y, en consecuencia, se trata de manifestaciones de riqueza que deben ser gravadas.

8.- Se propone gravar las importaciones temporales en la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), depósito fiscal automotriz, recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico. La Ley del Impuesto al Valor Agregado prevé múltiples exenciones y la aplicación de diferentes tasas, como son la tasa general del 16%; la tasa reducida del 11% aplicable en la región fronteriza, y la tasa del 0% aplicable, entre otros supuestos, a la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos y otros se exporten.

9.- Se propone eliminar el tratamiento de tasa de 0% que prevé la ley en la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general, ya que se considera que la adquisición de estos bienes, aun cuando sea en las etapas previas al consumidor final, debe estar afecta al pago del impuesto como cualquier otra enajenación.

10.- La propuesta en la reforma hacendaria contempla otorgar a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) un tratamiento similar al de las otras entidades que integran el sistema financiero, en relación con la exención a los intereses que reciban o paguen; sin embargo, en lo que respecta al cálculo de la proporción de prorrateo de acreditamiento, se les ha dado un tratamiento diferente al resto de tales entidades. (Con información de Reuters)

 

 

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