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El lunes vence el plazo de exrepecos para declarar

Los contribuyentes del Régimen de Intermediación Fiscal que incumplan perderán descuentos; expertos fiscalistas aseguran que no habrá nuevas prorrogas para que los exrepecos declaren.
vie 29 agosto 2014 11:23 AM
Este año quien cotice en el RIF estará exento del pago de 100% del ISR. (Foto: Thinkstock)
impuestos declaracion (Foto: Thinkstock)

Los contribuyentes que tributaban bajo el extinto Régimen de Pequeño Contribuyente (Repecos) y que pasaron automáticamente al de incorporación fiscal (RIF) perderán importantes beneficios como reducciones en su carga fiscal, si incumplen con la presentación de sus declaraciones bimestrales.

Los contribuyentes de este nuevo régimen tienen hasta este el lunes 1 de septiembre para presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las declaraciones que corresponden a los tres primeros bimestres de 2014 y cuya presentación fue aplazada todo este año.

“Lo más grave es que tienen un estímulo y el no cumplir cabalmente significa que tendrán que pagar el impuesto al 100% y creo que sería muy difícil que se dé otro plazo”, comentó el presidente de la Comisión de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos (CCP), José Rodríguez Sánchez.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se aprobó para 2014 indica que si un contribuyente incumple con dos declaraciones en forma consecutiva , o cinco en un lapso de seis años, dejará de tributar en el RIF y pasarán al régimen general, en el que tendrán que pagar 100% de ISR.

“En estricto sentido quienes empezaron a tributar en enero como RIF o pasaron de ser Repecos a RIF tienen hasta este domingo para declarar o la autoridad podría considerar que deben tributar como régimen general”, explicó José Manuel Velderrain, Vicepresidente de la comisión de Desarrollo de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

Este año quien cotice en el RIF estará exento del pago de 100% del ISR, por lo que sólo deberá registrar el monto de sus ingresos y gastos y hacer su declaración.

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Para el siguiente año se les hará un descuento de 90% en ISR, 80% para el tercero y así hasta un descuento de 10% en el décimo año y en 2025 ya pagarán el 100%.

Evite la multas

Las multas por cada una de las obligaciones no declaradas pueden ir de 1,100 hasta 13,720 pesos, de acuerdo al artículo 81 fracción I del Código Fiscal. “La multa dependería de las obligaciones que tenga contribuyente” comentó Velderrain.

Para presentar las declaraciones bimestrales, los contribuyentes pueden ingresar a Mis declaraciones del micrositio de ‘Mis cuentas’ que se encuentra en el portal del SAT en el cual se genera la línea de captura para realizar el pago, en el caso que resulte impuesto a cargo, o de lo contrario se puede contratar a un contador.

“El fisco lo maneja como algo muy fácil pero si los contribuyentes proporcionan datos mal levantarán la alerta para que el SAT mande una revisión”, agregó José Rodríguez.

La ley del ISR también marca que las declaraciones bimestrales deben presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago; sin embargo, hasta ahora esto no se ha aplicado por los distintos aplazamientos que el SAT ha realizado.

Los contribuyentes del RIF pueden practicar cómo hacer su declaración en el simulador o en el demo ubicado en Mis cuentas.

Hasta la segunda quincena de agosto, se recibieron más de 2.4 millones de declaraciones en Mis Cuentas del universo de 4.2 millones del RIF, ha referido el SAT.

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