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ONG señalan cuatro focos rojos en la elección de ministros

La transparencia del proceso y la independencia de los candidatos son los factores a considerar; las organizaciones critican la opacidad en los procedimientos para la designación.
mar 24 noviembre 2015 02:33 PM
El Senado es el encargado constitucionalmente de elegir a los ministros de la Suprema Corte (Foto: Cuartoscuro/Archivo )
Senado de la República (Foto: Cuartoscuro/Archivo)

El proceso de elección de dos nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que inició el Senado este martes, presenta cuatro focos rojos que la sociedad debe vigilar, advirtieron 10 organizaciones sociales.

Riesgos a la transparencia de la elección y la falta de garantías de independencia de los seis aspirantes son las claves que organizaciones como México Evalúa, Artículo 19, Fundar, el Centro Prodh y Borde Jurídico señalaron en un documento conjunto.

Este martes, los senadores recibirán a los seis candidatos de las dos ternas propuestas por el presidente Enrique Peña Nieto para sustituir a los ministros Olga Sánchez y Juan Silva, quienes finalizan su encargo en la SCJN este 30 de noviembre.

Estos son cuatro puntos que las organizaciones señalan como focos rojos:

Riesgo a la división de poderes

Las organizaciones señalaron que el hecho de que el presidente sea el que elige las ternas de aspirantes a la SCJN representa un riesgo de que los candidatos sean personas cercanas a él, lo que va en detrimento de la división de poderes.

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“Si no se logra que los mejores y más independientes abogados lleguen a la Corte, se pierde la esencia de la democracia: la independencia judicial”, dijo Ana Delgadillo, de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, una de las organizaciones firmantes del documento.

El hecho de que la Presidencia no haya justificado el porqué elije a los integrantes de las ternas hace que la nominación carezca de “criterios objetivos”, según las organizaciones.

La Constitución establece que el presidente es quien presenta al Senado las ternas, pero no pide que haya una justificación. El artículo 95 marca los requisitos, pero solo recomienda que sean personas “que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia”.

Imposición de acuerdos

Mientras que las organizaciones celebraron que la Comisión de Justicia del Senado tenga un nuevo y mejorado método para la elección de los ministros, apuntaron en contra de la Mesa Directiva de la Cámara alta por los acuerdos cupulares que podrían llevar a un proceso “menos exigente y más expedito”.

Gire, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Designaciones Públicas y el Instituto de Justicia Procesal y las otras ONG criticaron que la Mesa Directiva haya adelantado la comparecencia de aspirantes para este martes 24.

“Cualquier acuerdo de la Mesa Directiva para restringir la amplitud y profundidad de estas comparecencias es un límite a nuestro derecho a contar con jueces imparciales”, dijo Iván García, de Borde Jurídico.

Ante ello remarcaron la importancia de que las comparecencias en la Comisión de Justicia tengan el formato que ya se había publicado, y que con ello haya transparencia y certeza.

“La emisión de múltiples acuerdos por parte de la Mesa Directiva deja en entredicho el cumplimiento de esta obligación democrática, pues arroja dudas sobre el verdadero efecto del procedimiento publicado por acuerdo de la Comisión de Justicia”, dijo Ana Dulce Aguilar, del Instituto de Justicia Procesal Penal.

Una “verdadera evaluación”

Las ONG instaron a los senadores a que sean escrupulosos en la elección de los nuevos ministros y que con ello se evite la práctica de “ratificar” a los aspirantes “favoritos de la presidencia”.

"El Senado está obligado a interpretar los requisitos constitucionales que aplican a la designación de ministros de una forma amplia y conforme a los más altos estándares internacionales, de tal modo que no se limiten a tramitar una elección de 'los menos malos'”, dicen las 10 organizaciones.

Plantearon la necesidad de que haya una revisión de cada perfil, de cuál es la experiencia que tiene cada candidato, que sean jueces que no caigan en impedimentos por conflicto de interés, que sean personas apegadas a la legalidad y que respeten los derechos humanos, expuso Silvano Cantú, de Artículo 19 México.

No hay reglas

Mientras la Constitución plantea los requisitos y los procedimientos básicos para la designación, las 10 organizaciones señalan que la falta de una ley reglamentaria que detalle “criterios objetivos preestablecidos” es la principal causa de incertidumbre del proceso.

“Necesitamos que el proceso quede en una ley. Y que este nuevo proceso nos ayude a corregir las deficiencias del actual sistema de designaciones”, consideró Layda Negrete, de México Evalúa.

Sobre el procedimiento de elección, la Constitución indica que el presidente tiene la facultad de presentar ternas por cada ministro a sustituir. El Senado debe elegir al ministro por dos terceras partes de los legisladores presentes.

Los senadores pueden rechazar la terna y solicitar otra. Si la segunda terna es rechazada, el presidente tiene el derecho de designar al ministro directamente. También puede hacerlo si el Senado tarda más de 30 días en su elección.

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