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La reforma sobre salarios caídos es constitucional: Corte

La SCJN resolvió que por despido injustificado, el límite de pago de salarios caídos es de 12 meses; la acción por despidir injustificadamente al empleado continúa siendo tutelada en la ley laboral.
mié 20 enero 2016 10:07 PM
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avalaron la reforma a la Ley Federal del Trabajo. (Foto: Cuartoscuro )
Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló como constitucional la reforma a la Ley Federal del Trabajo que limita a un máximo de 12 meses el pago de salarios caídos en caso de despido injustificado, porque no desconoce los derechos humanos de los trabajadores.

Al resolver una contradicción de criterios este miércoles, los ministros de la Segunda Sala establecieron que la modificación al Artículo 48, párrafo segundo, de  la ley citada no vulnera el principio de progresividad que prevé el Artículo 1 constitucional.

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La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de noviembre de 2012, no solamente establece 12 meses de salarios caídos, “sino que adicionalmente previó la obligación del patrón a cubrir intereses sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual, capitalizable al momento del pago”.

Además, estableció otras medidas con el propósito de desalentar toda práctica que tenga por objeto dilatar u obstaculizar la resolución de un juicio laboral.

De esta manera, la Segunda Sala estableció que la acción por despido injustificado continúa siendo tutelada en la ley laboral, a través de la reinstalación o la indemnización por el importe de tres meses, a elección del trabajador.

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Asimismo, la Ley Federal del Trabajo “sigue previendo el pago de salarios caídos, pero ahora limitados hasta por un período máximo de 12 meses y al pago de intereses en los términos precisados”.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) reconoció a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por su resolución, informó la dependencia federal en un comunicado difundido este miércoles.

“De esta forma, el máximo tribunal del país ha contribuido a brindar certidumbre en la interpretación y aplicación de este importante precepto, permitiendo conciliar por una parte el derecho de los trabajadores a ser compensados a través de los salarios caídos y, por la otra cumplir con el objetivo de inhibir conductas tendientes a prolongar artificial o innecesariamente los juicios laborales afectando la garantía de justicia pronta y expedita en el ámbito laboral”, dijo la STPS.

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