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El Tribunal de Hidalgo da revés a aspirantes independientes

Un aspirante sin partido al municipio de Tulancingo ‘fue bateado’ por la autoridad local; este es el segundo caso de un independiente que es rechazado por el Tribunal Electoral de Hidalgo.
sáb 12 marzo 2016 04:57 PM
Los magistrados no vieron válidas las solicitudes del aspirante independiente. (Foto: IEEH/Cortesía)
Istituto electoral hidalgo Los magistrados no vieron válidas las solicitudes del aspirante independiente. ✓ (Foto: IEEH/Cortesía)

El Tribunal Electoral de Hidalgo (TEH) desechó el juicio de un aspirante a candidato independiente por la alcaldía de Tulancingo, que exigía disminuir el 3% de firmas del listado nominal para obtener su registro, pues la autoridad consideró que no es desproporcionado.

La sentencia de los magistrados ocurre previo al 16 de marzo, fecha límite para que 45 ciudadanos que aspiran a ser candidatos independientes en los municipios reúnan el número de firmas que solicita el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEE).

Andrés Gildardo Ibarra, quien aspira a ser candidato independiente por la presidencia municipal de Tulancingo, solicitó al Tribunal Electoral disminuir las 3,377 firmas que debe recopilar, bajo el argumento que limita su derecho de ser votado.

Para fijar el número total de rúbricas, Gildardo Ibarra exigió tomar en cuenta el 3% de la votación válida emitida, y no el listado nominal que establece el Código Electoral. 

Con la exigencia del aspirante a candidato independiente, las 3,377 rúbricas que debe recabar disminuían a 1,676 firmas.

Al resolver el juicio de protección de los derechos políticos del ciudadano, el magistrado Javier Lara Salinas dijo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció el 3% del listado nominal en Nuevo León, Sonora, Guerrero, Colima y Tamaulipas.

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Expuso que no implica trato desigual exigir mayor número de firmas a los independientes en relación con el porcentaje que se pide a los partidos.

Es válido presentar copias de credencial de elector

El aspirante a candidato independiente también impugnó el requisito de presentar las copias de las credenciales de elector de los ciudadanos que apoyan sus aspiraciones, ya que argumentó que es desmedido.

Lara Salinas señaló que la finalidad de ese requisito es acreditar si la candidatura independiente recabó las firmas. “No sería lógico que se erogaran recursos estatales por la simple intención de contender y sin las pruebas del porcentaje de apoyo”.

El artículo 249 del Código Electoral de Hidalgo establece que la cédula de respaldo debe contener nombre, firmas y la copia legible de la credencial para votar vigente de cada uno de los ciudadanos.

Además, el tribunal declaró infundada la queja de Gildardo Ibarra sobre que no es suficiente el plazo de un mes, del 16 de febrero al 16 de marzo, para recopilar las firmas de respaldo ciudadano, ya que, aseguró el magistrado, dicho periodo aún no culmina.

Este es el segundo juicio de este tipo que analiza el TEH, luego de que Porfirio Moreno, único aspirante a candidato independiente a gobernador, pidió reducir el porcentaje de firmas ciudadanas para participar en la contienda, pero los magistrados lo desecharon por que fue interpuesto ocho días después de vencido el plazo legal.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó tal sentencia al descartar el juicio de Moreno Jiménez.

Actualmente 45 ciudadanos buscan ser candidatos independientes en 31 de los 84 municipios que conforman a Hidalgo. Su registro ante la autoridad electoral es del 11 al 16 de abril.

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