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Regulador deberá revisar el poder sustancial de Televisa en TV de paga

Ni la televisora ni el órgano regulador han sido notificados de la decisión que tomó un tribunal especializado sobre el poder de la televisora en el mercado de TV restringida la semana pasada.
lun 23 enero 2017 12:03 PM
A revisión.
Gabriel Contreras. El comisionado presidente del IFT deberá analizar, de nueva cuenta, el expediente del mercado que tiene Televisa en el mercado de paga.

Un tribunal especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones revocó la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre Grupo Televisa, y obliga al IFT a volver a investigar y revisar su resolución sobre el poder sustancial de la empresa de Emilio Azcárraga en el mercado en televisión de paga.

La decisión implica una revisión de la operación de Televisa en el servicio de televisión de paga, que cuenta con 60% de los suscriptores totales del país en sus servicios por cable y satélite abonados en Sky (38.7%), Cablemás (6.6%), Cablevisión/Izzi (5.2%), Cablecom (4.1%), Cablevisión Red (2.5%) y TVI (2.8%), al segundo trimestre de 2016, de acuerdo con cifras del IFT.

De acuerdo con datos oficiales al cierre de junio pasado, Televisa posee 11.7 millones de suscriptores de un total de 20 millones a nivel nacional.

La decisión del tribunal se debe a una diferencia entre el dictamen del Pleno del IFT y los elementos que estudió la Autoridad Investigadora de este órgano regulador. “La Autoridad Investigadora dijo que sí había poder sustancial (de Televisa) (…) esta fue una decisión en la que hubo una contradicción (…) si se encuentra que tiene poder sustancial de mercado, se tienen que imponer medidas asimétricas”, explicó Elisa Mariscal, académica del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

No obstante la decisión del tribunal, el IFT es el único órgano facultado para decidir si Grupo Televisa posee poder sustancial en ese mercado, que entre otros aspectos, considera si una empresa fija los precios o restringe la participación de otros competidores, como indica la Ley Federal de Competencia Económica en su artículo 59.

“Es facultad del IFT calificar si (Televisa) cuenta con poder sustancial o no, además no es un proceso inmediato y ellos (el IFT) ya hizo un análisis en el que los determinó sin poder sustancial (…) aunque el tribunal puede pedir un estudio nuevo”, comentó Gonzalo Rojon, director de análisis de la consultora The Competitive Intelligence Unit.

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Solo el IFT puede decidir

“El IFT puede ratificar su decisión o cambiarla, pero toda la investigación es nueva, con nuevos datos y (esta revocación) es inédita desde la entrada en vigor de la reforma”, dijo Jorge Bravo, director editorial de Mediatelecom Policy & Law.

En marzo de 2016, el Pleno del IFT determinó que no existían elementos suficientes para concluir que Televisa fijaba los precios o restringía el abasto de televisión de paga sin oportunidad de respuesta de sus competidores como Dish, Totalplay, Megacable y Maxcom.

“Hay que conocer a fondo la resolución del tribunal especializado para identificar sus efectos específicos. Pero es probable que el efecto sea que el IFT tenga que analizar nuevamente todos los elementos necesarios para determinar si Televisa, como grupo, tiene poder sustancial en el mercado de televisión restringida. El análisis es muy técnico y muy amplio, pero incluye entre muchos otros puntos, un estudio para definir el mercado relevante”, explicó Bertha Ordaz-Avilés, socia del despacho Jones Day.

Consultados por Expansión, tanto Grupo Televisa como el IFT informaron que no han recibido la notificación del tribunal para iniciar el análisis correspondiente.

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