Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

Acoso laboral, cómo distinguirlo

Este tipo de delitos son los que tienen el mayor índice de impunidad, dice el Colegio Jurista; especialistas distinguen cinco tipos de hostigamiento, desde el leve y verbal, hasta el físico.
lun 26 marzo 2012 06:01 AM
A la persona que sufre acoso sexual se le suele segregar de las oportunidades de crecimiento o convivencia. (Foto: Thinkstock)
acoso (Foto: Thinkstock)

Junto con la discriminación salarial, el hostigamiento es otra forma de violencia laboral que se presenta con gran frecuencia en las organizaciones. En México 1.4 millones de mujeres padecen acoso sexual en el trabajo, según estimaciones del Colegio Jurista.

"La cifra es conservadora, porque se trata de un ilícito que en el 99.7% de los casos no se denuncia y tiene el índice más alto de impunidad, incluso mayor que en el caso de fraudes internos", afirma el rector del Colegio Jurista, Jorge Manrique.

En economías como la estadounidense, las demandas por este fenómeno sumaron alrededor de 48.4 millones de dólares en 2010 destinados a cubrir daños y perjuicios de los empleados, refieren datos de la Comisión de Igualdad de Oportunidad de Empleo (US Equal Employment Opportunity Commission).

En el país, la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007) distingue entre hostigamiento y acoso sexual. La diferencia entre uno y otro está en la existencia de una relación jerárquica de poder (hostigamiento) o la ausencia de ésta (acoso). Sin importar el término, las conductas asociadas a una u otra pueden ser las mismas.

Por ejemplo, las personas acosadoras se distinguen por un coqueteo de forma ofensiva, acercándose sin motivo a la víctima y si se sienten contrariados por la respuesta de ésta, adoptan posturas de halago, de represalias, o ambas, explica Manrique.

Ese tipo de hostigamiento se basa en "usted haga algo por mí y yo haré algo por ti", explica la psicóloga adscrita a la UNAM, Berenice Espinoza.

Publicidad

El retrato estandarizado del acosador es que se trata de un varón mayor de 40 años, casado, con una vida familiar y sexual insatisfactoria, necesidad de autoafirmación y control. Pero existen muchas excepciones a este prototipo. Hay mujeres que también hostigan sexualmente, al igual que personas jóvenes que no necesariamente tienen un mayor rango jerárquico respecto a la víctima, explica el director del Colegio Jurista.

Berenice Espinoza comenta que, en cuestión laboral, hay una "línea delgada" entre llevarse bien con los compañeros y el acoso. "Cuando la persona empieza a ser insistente, por ejemplo, invitar a cenar o a salir de viaje a una compañera, aún cuando ésta ha mostrado rechazo, es momento de poner un alto y denunciar esa conducta", agrega la psicóloga laboral.

El Colegio Jurista clasifica diversos grados de acoso sexual en el trabajo, entre éstos:

- Hostigamiento leve y verbal. En este caso, el empleado (a) hace chistes, comentarios, conversaciones de tipo sexual, silbidos o piropos ofensivos.

- Hostigamiento no verbal, sin contacto físico. Las conductas características en este caso son las miradas lascivas, gestos obscenos y guiño de ojos, por citar algunas. 

- Acoso verbal grave. Se refiere a llamadas, cartas o mails no deseados, presiones por parte del acosador para salir a tomar o cenar con un empleado, y lo hace en forma privada y/o pública.

- Hostigamiento verbal con contacto físico (no deseado). El acosador llega al grado de tocar, pellizcar, dar palmadas, sujetar de la cintura, rozar intencionalmente o acorralar a la persona, con tal de tener un contacto con él o ella.

- Hostigamiento físico. Consumación del acto sexual bajo presión.

Espinoza indica que, adicional a los rasgos característicos como ansiedad e irritabilidad, a la persona que sufre acoso sexual se le suele segregar de las oportunidades de crecimiento o convivencia si no acepta las condiciones fijadas por el hostigador.

Aunque la principal forma de frenar la situación es denunciar, este comportamiento es uno de los delitos "más callados" por parte de las víctimas, que en el 72% de los casos presentan sentimientos de culpabilidad o vergüenza, señala el Colegio Jurista.

Por mucho tiempo se asumió que sólo las actividades poco protegidas o respaldadas por la ley, como el trabajo doméstico, eran el mayor "blanco" del acoso sexual. Hoy se sabe que este problema es muy frecuente en profesiones con costumbres y horarios más atípicos, como camareros, azafatas, periodistas y actores, ejemplifica Jorge Manrique.

En México, dice el rector, el tipo de acoso más común es el vertical, es decir, "esto a cambio de eso", y la aceptación o rechazo de esos ‘avances' sexuales tienen consecuencias laborales inmediatas, como el acceso a salarios, ascensos, traslados y capacitación, o incluso provocar el despido injustificado del agredido.

No te pierdas de nada
Te enviamos un correo a la semana con el resumen de lo más importante.

¡Falta un paso! Ve a tu email y confirma tu suscripción (recuerda revisar también en spam)

Ha ocurrido un error, por favor inténtalo más tarde.

Publicidad