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Paga menos impuestos con tus inversiones

Aun si no estás obligado a presentar declaraciones, puedes obtener una devolución de Hacienda; existen dos opciones de ahorro que ayudan a reducir tu carga impositiva, incluso si eres asalariado.
jue 24 noviembre 2011 06:08 AM
Los bancos y casas de bolsa ofrecen la posibilidad de convertirte en tu propio ejecutivo de inversión y realizar todos tus procesos bancarios en línea. (Foto: Photos to Go)
broker inversiones flojo señor finanzas personales (Foto: Photos to Go)

Seis de cada 10 personas que tienen ahora entre 35 y 45 años dependerán de sus familiares cuando llegue el momento de retirarse, por lo que sólo cuatro serán económicamente independientes. En México, el sistema de pensiones ha tenido que modificarse de tal modo que, si antes te retirabas con una cantidad mensual similar a tu último sueldo, ahora, el monto que tu Afore te pagará mensualmente apenas será de alrededor del 30% del último salario, explica Manuel Bernardo, gerente comercial de Skandia.

En el país hay cuatro personas en edad productiva por cada persona retirada, pero en 30 años, la proporción será de dos trabajadores por cada jubilado, según el Consejo Nacional de Población (Conapo). Ante este escenario, no está de más pensar en un plan de ahorro para el retiro por tu cuenta o, al menos, de ir construyendo un patrimonio a través del ahorro de mediano y largo plazo.

La ventaja que tienen los instrumentos de ahorro e inversión para el retiro es que puedes deducir impuestos con sólo prever tu bienestar para el futuro.

¿Cómo funcionan las inversiones exentas de impuestos?

Los artículos 176 y 218 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) explican que existen dos vehículos de inversión que te ayudan a deducir impuestos.

El artículo 176 está relacionado con los Planes Personales de Inversión para el Retiro, los cuales te permiten deducir hasta el 10% de tus ingresos acumulables con un tope de cinco veces el salario mínimo general del área geográfica a la que pertenece el contribuyente, es decir, alrededor de 109,171 pesos,

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La inversión funciona así: si por ejemplo, ganas 100,000 pesos anuales y cada año ahorras 10,000 para tu retiro (equivalentes al 10% de tu ingreso), tu base gravable -es decir, el monto sobre el cual te cobran los impuestos- será inferior en 10,000 pesos, lo cual, si eres asalariado y ya se te realizó la retención, se convierte en una devolución de una parte de lo que ya pagaste.

El artículo 218 está relacionado con un vehículo de inversión llamado Cuenta Especial de Ahorro, que es 100% deducible con un tope de 152,000 pesos, sin embargo, los recursos que deposites en esta cuenta deberán mantenerse invertidos por al menos cinco años.

Estas dos opciones son una vía legal para reducir la carga tributaria, y lo más importante: apoyarte a que tu futuro sea menos incierto y con mayor independencia.

"La diferencia entre los jubilados estadounidenses y europeos, y los mexicanos, es que las primeras dos culturas, si bien están enfocadas al consumo, consideran el ahorro como un ‘gasto prioritario' que les permite gozar de una posición cómoda en la recta final de su vida", explica Manuel Bernardo.

Entre las instituciones que manejan Planes Personales de Ahorro para el Retiro destacan: Bancomer, Banamex, Grupo Financiero Mifel, GBM, Allianz Fóndika, Metilife, GNP, Seguros Monterrey, Skandia y Banamex.

Antes de contratar un plan de retiro o ahorro, cerciórate que se acople a las condiciones legales de los artículos 176 o 218.

¿Cómo hago la deducción si soy asalariado?

* Primero, las inversiones que deducirás deben estar a tu nombre.

* Para la recta final del año (procura que sea en octubre o noviembre), solicita a tu patrón una carta de retenciones y notifica que realizarás tu declaración por tu cuenta. La carta de retenciones indica lo que se ha descontado bajo concepto de pago de impuestos.

* Con ese documento puedes acudir con un contador para que haga tu declaración anual o realiza una cita en el Servicio de Administración Tributaria y acude con tus comprobantes (que te dará la administradora de tu inversión) y carta de retención, para que el trámite de la declaración lo realice un ejecutivo del SAT. Tu saldo a favor será depositado mediante una transferencia.

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