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'Limpia' en el Buró de Crédito

La Cámara baja aprobó borrar en 6 años el mal historial crediticio de quienes paguen y quienes el objetivo es facilitar la inversión en el país y eliminar obstáculos para los usuarios de cré
mié 12 diciembre 2007 07:22 PM
El objetivo es "limpiar el historial crediticio negro" de lo

La Cámara de Diputados aprobó la minuta de reformas que obligarán a bancos y Sociedades de Información Crediticia (SIC), comúnmente conocidos como burós de crédito, a eliminar el mal historial crediticio de quienes ya hayan pagado sus deudas en un plazo no mayor a 72 meses, y lo mismo incluso cuando los adeudos no se hayan liquidado.

Durante la sesión ordinaria en San Lázaro, el pleno aprobó con 305 votos a favor la reforma que pretende dar certeza jurídica a las personas físicas y morales, frente a las Sociedades de Información Crediticia (SIC), conocidas como buró de crédito.

La minuta previamente avalada por el Senado obligará a los burós de crédito a eliminar el historial crediticio de personas físicas y morales después de transcurridos 72 meses, en lugar de los 84 actuales, y fija sanciones a las SIC por violar la ley.

Los cambios aprobados otorgan el derecho de inconformidad y de corrección de los datos a los usuarios de crédito, de acuerdo con sus pagos realizados, lo que se reflejaría en el estado real de su deuda.

El objetivo es "limpiar el historial negro del buró de crédito", para facilitar que fluya la inversión en el país y eliminar obstáculos a los usuarios de crédito, precisaron representantes de todos los partidos.

En el dictamen se destaca que la reforma "responde a la ausencia en México de un ordenamiento jurídico que establezca integralmente instrumentos y mecanismos de protección a las personas físicas y morales ante el buró de crédito.

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De igual manera se aprobaron modificaciones legales que transfieren a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) diversas facultades que actualmente ejerce la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Ahora la CNBV podrá autorizar la organización y operación de las instituciones de banca múltiple, sus fusiones, escisiones y diversos actos corporativos, y tendrá la facultad de revocar dicho permiso.

También de suspender o limitar parcialmente las operaciones y los servicios de los organismos de crédito cuando no tengan controles internos para realizar las operaciones autorizadas.

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