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Obtén ventajas al declarar a tiempo

Presentar la declaración en febrero puede servir para obtener más pronto la devolución de impue no esperes hasta marzo o abril, los primeros ejercicios fiscales son los primeros en desahogars
vie 01 febrero 2008 12:53 PM

No es necesario esperar hasta marzo o abril para hacer la declaración de impuestos de 2007. Si se presenta en febrero, los contribuyentes tienen mayores probabilidades de que se les haga la devolución automática en caso de resultar con saldo a favor, explica el administrador central de Enlace Normativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Augusto Langner.

“Las primeras (declaraciones) presentadas son las primeras que se resuelven, pero, además, ha habido un diferencial en tiempo, en donde sí es mucho más ágil la devolución para quienes presentaron en febrero o marzo, que para quienes esperaron”, advierte el socio de Impuestos de Deloitte, Luis Liñero.

Expertos fiscales de KPMG, Ernst & Young (E&Y), Deloitte, Horwath Castillo Miranda (HCM) y PricewaterhouseCoopers (PWC) detallaron que en la declaración fiscal correspondiente a 2007 no hay muchas diferencias frente a 2006.

Empero, sí habrá algunas mejoras en la rapidez para presentar la declaración, ya que el SAT contará con algunos formatos prellenados con la información del contribuyente y enviará a aquellos que ya tienen su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) y/o su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) un recordatorio por correo electrónico, añadió Langner. El brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda tiene previsto abrir sus oficinas todos los días de la semana durante la primera quincena de abril para ayudar a los contribuyentes que así lo decidan a presentar su declaración.

¿Quiénes están obligados a declarar?
En el caso de personas físicas, están obligadas a declarar quienes presten servicios profesionales (por honorarios), como médicos, arquitectos o abogados; quienes arrienden bienes inmuebles; quienes tengan actividades empresariales (comerciantes, autotransportistas); quienes enajenen bienes y quienes los adquieran.

También están obligados a declarar aquellos empleados que obtengan ingresos acumulables distintos a salarios, quienes hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre o que hayan tenido dos o más patrones.

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Los empleados cuyos ingresos anuales superen los 400,000 pesos estarán obligados a presentar su declaración anual, así como aquellas personas que obtengan ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos.

Para quien, como el gobernador de Veracruz, Fidel Herrera, se ganó la lotería o algún otro premio superior a 1 millón de pesos, de igual manera hay que darle una parte al fisco.

También se deberá informar cuando se obtengan ingresos por herencias y por la venta de una casa habitación si la suma en lo individual, o en su conjunto, supera los 500,000 pesos. En el caso de las personas morales todos están obligados a declarar.

¿Cómo declarar?
Tanto personas físicas como morales deberán presentar su declaración por internet. Las primeras podrán hacerlo únicamente con la CIEC y las segundas deberán tener su Fiel.

Los contribuyentes que resulten con saldo en contra deberán pagarle al fisco a través del portal del banco con el que trabajen, y quienes tengan saldo a favor deberán proporcionarle al SAT su Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) para que les hagan el depósito vía electrónica.

¿Qué se puede deducir?
Las personas físicas pueden deducir de su declaración anual de 2007 los pagos por honorarios médicos y dentales; gastos hospitalarios, estudios clínicos, análisis, aparatos de rehabilitación y prótesis y gastos funerarios, con un tope de un salario mínimo general anual.

Asimismo se pueden deducir donativos a instituciones o personas autorizadas por el SAT para recibirlos; intereses reales pagados por préstamos o créditos hipotecarios; gasto por transporte escolar obligatorio; aportaciones voluntarias a la afore o a fondos para el retiro.

FUENTES: Carlos Cárdenas, socio de Impuestos de Ernst & Young; Luis Liñero, socio de Impuestos de Deloitte; David Ricardez, socio de Impuestos de KPMG; Pedro Carreón, socio de Impuestos de PricewaterhouseCoopers; Juan Manuel Franco, socio de Horwath Castillo Miranda, y el Servicio de Administración Tributaria.

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