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El derecho a la privacidad prevalece sobre la transparencia de información

El Instituto Federal de Acceso a la Información promovió una controversia constitucional contra de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
mié 27 octubre 2010 12:13 PM
suprema corte de justicia de la nacion
ministros suprema corte de justicia de la nacion

Los nombres de los beneficiarios de créditos fiscales por 73,900 millones de pesos permanecerán en secreto, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una controversia constitucional que presentó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) contra acciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En su resolución, la ministra Margarita Luna Ramos recordó este martes que  el IFAI no puede presentar solicitudes de controversias porque la Constitución no lo faculta para ello.

Luna Ramos dijo que era "notoriamente improcedente" el recurso que presentó el IFAI  el viernes pasado en contra de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), por considerar que transgrede sus atribuciones en materia de tranparencia.

El organismo defensor de los derechos humanos impidió que se hiciera pública la lista de personas físicas y morales beneficiadas con la cancelación de créditos fiscales de 2007, contrario a lo que había ordenado el IFAI.

La CNDH realizó un Procedimiento de Conciliación, junto con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para impedir el cumplimiento de la resolución que ordena hacer pública la lista de personas físicas y morales beneficiadas al considerar que el derecho a la privacidad de los involucrados estaba en riesgo.

El IFAI expresó que este procedimiento excedía las atribuciones de la Comisión, por lo que acudió ante el máximo órgano judicial.

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Sin embargo, Luna Ramos determinó que el IFAI no puede presentar controversias constitucionales, según reportó la Suprema Corte en un documento.

En el acuerdo, la ministra recordó que, según el artículo 105 de la Constitución, este tipo de recursos sólo los pueden promover los Poderes de la Unión, los órganos de gobierno de los estados y el Distrito Federal, así como los municipios, pero no los órganos autónomos o descentralizados.

Al respecto, en un comunicado el IFAI dijo que respetará la decisión de la Corte, aunque reiteró su convicción de que su esfera de atribuciones en materia de acceso a la información fue invadida indebidamente por la CNDH.

"Dicho acuerdo de conciliación quebranta el esquema constitucional para garantizar el derecho de acceso a la información (...) además de que genera incertidumbre jurídica al titular de los derechos de acceso a la información y a la privacidad", subrayó.

Por su parte, en un comunicado la CNDH reiteró su compromiso con cumplir los deberes que la constitución le señala y con defender "todos y cada uno de estos derechos frente a cualquier autoridad, sin permitir que ninguno de ellos sea menoscabado, a fin de evitar, por todos los medios, el abuso del poder".

El 10 de marzo pasado, el IFAI ordenó al SAT abrir la información relacionada con las personas físicas y morales que se beneficiaron por la cancelación de créditos fiscales, cuyo monto alcanza 73,900 millones de pesos.

El SAT incumplió alegando que es un secreto fiscal que tiene que ver con la esfera patrimonial de la personas, quienes tienen derecho a que no se conozca cuánto pagan de impuestos porque significaría saber a cuánto asciende su patrimonio. Ésta es información reservada, según la propia Constitución.

El IFAI dijo que en este caso hay un trato diferenciado a los contribuyentes, puesto que hay algunos a los que se les ha condonado la deuda fiscal, por lo que hay un interés público por conocer quiénes eran aquellas personas física y morales a quienes se les condonaron esos créditos fiscales.

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