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La Corte analiza el primer amparo relacionado con el fuero militar

La SCJN comenzó a discutir el caso del indígena Bonfilio Rubio Villegas, asesinado por elementos del Ejército mexicano en 2009
mar 14 agosto 2012 05:35 PM

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó el martes el análisis del primero de 28 casos de amparo relacionado con los límites al fuero militar, con la discusión del caso del indígena guerrerense Bonfilio Rubio Villegas, quien fue asesinado por elementos del Ejército en 2009.

Sin entrar en los detalles del caso, este martes, los ministros comenzaron a analizar si los familiares de las víctimas de delitos están legitimados para promover amparos.

Hasta ahora, seis de los 10 ministros se han pronunciado a favor de que los familiares puedan promover amparos. Los ministros Salvador Aguirre, Margarita Luna y Guillermo Ortiz se pronunciaron en contra de que sean los familiares los que promuevan el recurso, pese a que la víctima en este caso, falleció hace aproximadamente tres años.

Al final de la sesión de hoy, el ministro Jorge Pardo quedó pendiente dar a conocer su posición.

En este caso, el hermano de Bonfilio, José Rubio Villegas y su padre, Secundino Rubio Peralta, se ampararon en contra de que el caso fuera procesado en una corte militar. Si bien el recurso fue concedido, la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena), en representación del presidente Felipe Calderón, promovió la revisión de dicho amparo ante la SCJN.

Los ministros decidieron discutir el tema relacionado con la legitimidad con el fin de saber si pueden darle entrada a la revisión del amparo.

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El proyecto de resolución de este caso, a cargo de la ministra Olga Sánchez Cordero, propone que se deseche la revisión interpuesta por el juez sexto militar y que se analicen los agravios cometidos por la autoridad responsable, en este caso la Sedena, la Procuraduría General de la República (PGR) y el presidente.

Con el fin de sentar jurisprudencia en casos relacionados con el fuero militar, la SCJN  resolverá 28 casos de amparo .

Según la legislación de la SCJN, si cinco amparos son resueltos bajo el mismo criterio, se sienta jurisprudencia.

Desde la semana pasada, y hasta este martes, la SCJN resolvió sobre casos de conflictos competenciales, es decir, para definir si un caso relacionado con delitos cometidos por militares deben ser resueltos en cortes civiles o militares.

La resolución de dichos casos no sienta jurisprudencia, pero sí establece criterios que los jueces deben tomar en cuenta.

El caso de Bonfilio Rubio Villegas

Cuando Bonfilio Rubio Villegas viajaba en un autobús con destino a la Ciudad de México el 20 de junio de 2009, el vehículo fue detenido en un retén militar alrededor de las 22:20 horas, cerca de la ciudad de Huamuxtitlán, Guerrero, según el expediente del caso difundido por la organización civil, Tlachinollan.

Uno de los pasajeros, Francisco Pizano Alejo, portaba unas botas militares, por lo que los elementos del Ejército lo detuvieron y lo interrogaron. Después de un rato de estar detenidos, el conductor del autobús convenció a los militares de que los dejaran continuar el viaje.

Sin embargo, al arrancar el vehículo, los miembros del Ejército abrieron fuego contra el autobús y una de las balas alcanzó a Bonfilio Rubio Villegas, quien falleció en el trayecto a la ciudad de Huamuxtitlán.

En el expediente ZAR/02/038/2009, el Ejército justificó la actuación del 20 de junio del 2009, al argumentar que el autobús arrancó de manera violenta y aseguró que “efectuaron disparos al aire y a las llantas”. A pesar de esto, las pruebas científicas que llevó a cabo el ministerio público probó que los disparos se dirigieron a la zona superior del autobús.

Además, los militares alegaron que encontraron cinco paquetes de marihuana. Según la versión del agente del ministerio público, cuando realizó el levantamiento del cadáver de Bonfilio, se revisó exhaustivamente la parte trasera del autobús y solamente encontraron “una sudadera salpicada de sangre y una bolsa que en su interior tenía varias bolsas, una con un paquete de sal, otra con frijol y una más con chile seco”.

Según Tlachinollan, durante la indagatoria, los familiares se enteraron de que la Procuraduría General de Justicia Militar había solicitado a la Procuraduría General de Justicia del estado de Guerrero que declinara su competencia para investigar los hechos a favor de las instancias castrenses, al considerar que el homicidio de Bonfilio agraviaba al Ejército.

El 31 de mayo de 2011, se les notificó a los familiares de Bonfilio que el Ministerio Público del Fuero Común había declinado la competencia a favor del Ministerio Público Militar, adscrito a la 35 Zona Militar.

El padre y el hermano de Bonfilio presentaron una demanda de amparo el 22 de junio de 2011, en la que impugnaron la declinación de competencia por parte de las instancias civiles, señalando que ésta se había realizado mediante la aplicación de una norma contraria a la Constitución y a los Tratados Internacionales.

El Juez Sexto Militar defendió su jurisdicción para procesar al militar que mató a Bonfilio, al argumentar que se trataba de “un delito contra la disciplina militar, al ser típicamente castrense, por estar contemplado en el libro segundo del Código de Justicia Militar, tomando en consideración que fue cometido por un elemento del Ejército mexicano en los momentos de estar desempeñando actos propios de un servicio de naturaleza típicamente castrense”.

A pesar de esto, una juez de distrito decidió otorgar el amparo a los familiares de Bonfilio, con fecha 2 de diciembre del 2011.

Como consecuencia, Sedena, en representación del presidente Felipe Calderón, impugnó la sentencia que le obligaba a declinar competencia para que las investigaciones sobre el homicidio de Bonfilio se trasladara al fuero civil, al argumentar que lo resuelto por la SCJN en el expediente varios 912/2010 sobre el caso Rosendo Radilla no le era vinculante.

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